Votar en la segunda vuelta es obligatorio

Este 24 de noviembre, en once regiones del país se realizará la segunda vuelta electoral de Gobernadores Regionales.
El voto es de carácter obligatorio. Según la ley las excusas para no sufragar son:
- Encontrarse enfermo.
- Estar ausente del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación,
- O no poder cumplir con su obligación por otro impedimento grave debidamente acreditado.
En el caso de estar a más de 200 km de su local de votación, y solo en esta circunstancia, el elector o electora puede dejar una constancia en Carabineros únicamente el mismo día de la elección. Es muy importante guardar el comprobante de la constancia, ya que deberá ser presentado ante el Juez de Policía Local al asistir a la citación que le llegará con posterioridad.
Para las otras excusas que define la ley, el elector y electora deberá esperar ser citado por el Juzgado de Policía Local y presentar la documentación correspondiente a su justificación, la que será sopesada por el Juez según su criterio.
Multa
La ley establece que quien no sufrague en las Elecciones Regionales será denunciado por Servel y arriesga una multa a beneficio municipal de 0,5 unidades tributarias mensuales, esto es $33.280, dictaminada por el Juez de Policía Local.
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