Vence el plazo para que candidaturas y partidos políticos presenten el informe de gastos al Servicio Electoral

En el contexto de las Elecciones Primarias Presidenciales 2025 y conforme a lo dispuesto en el artículo 44° bis de la Ley N° 19.884, incorporado por la Ley N° 21.693, el sábado 28 de junio, vence el plazo para que los administradores electorales de las candidaturas y administradores generales electorales de los partidos políticos presenten al Servicio Electoral el informe que detalle los gastos electorales contratados por concepto de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y pagos efectuados a personas que presen servicio a las candidaturas, que sobrepasen las treinta unidades de fomento por proveedor único en toda la campaña.
El Servicio Electoral, a través de la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, ha publicado un manual para facilitar el proceso y ha dispuesto en el Sistema de Rendición https://rendicion.servel.cl/login las funcionalidades que permitirá a los administradores electorales de las candidaturas y administradores generales electorales de los partidos políticos registrar la información requerida, generar y presentar el informe bajo la modalidad online.
Es importante destacar que el art. 47° de Ley 19.884 establece que “Respecto de los gastos señalados en el artículo 44 bis, la cuenta general de ingresos y gastos sólo podrá contener como gastos aquellos que fueron informados a la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral en los términos señalados en el artículo 44 bis, antes del día de la elección. Cualquier gasto no informado dentro de la fecha señalada producirá su rechazo y no podrá ser considerado en la cuenta”.
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