Servicio Electoral
de Chile

 

Este 18 de agosto termina el plazo de presentación de excusas para quienes no puedan cumplir con su labor de vocal de mesa.

Sólo podrán excusarse quienes cuenten con alguna de las causales contempladas por la ley 18.700. Las excusas deberán ser presentadas hasta este 18 de agosto de forma presencial o por correo electrónico ante la Junta Electoral correspondiente a su domicilio electoral.

IMPORTANTE: Son las Juntas Electorales las que designan y excusan a los vocales de mesa, no Servel.

Los electores designados como vocales, si lo requieren, podrán excusarse invocando alguna de las siguientes causales:

Las excusas deberán ser formuladas por escrito, ya sea de forma presencial o vía correo electrónico, ante el secretario de la junta electoral respectiva. Las direcciones de las juntas electorales puede conocerlas aquí.

El 20 de agosto se publicarán las nóminas de vocales reemplazantes de Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores. En esta instancia, la ley no contempla periodo de excusas.

Los vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores que no concurriere a sus funciones arriesgan multas que van de 2 a 8 UTM.  (de $ 117.544 a $ 470.176)

Si un vocal designado no concurrió a cumplir su función, puede ser citado por el Juzgado de Policía local. Es en esa instancia donde debe presentar la documentación necesaria para justificarse ante el juez.