En el marco de las elecciones de Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales, que se llevarán a cabo el día 27 de octubre de 2024 y cuyo plazo de declaración de candidaturas vence el día 29 de julio del presente año, el Servicio Electoral pone a disposición del electorado el Sistema de Patrocinios Web para Candidaturas Independientes, al que se puede acceder desde el sitio web www.servel.cl.
En esta plataforma, con su Clave Única (otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación), los ciudadanos independientes y con derecho a sufragio podrán patrocinar una candidatura independiente que esté habilitada en la plataforma de candidaturas.
Cualquier ciudadano o ciudadana independiente que desee realizar una candidatura recibiendo patrocinios, deberá habilitarse en la plataforma, previa validación de sus datos, como un postulante a candidato. Esta habilitación es sólo para efectos de recibir patrocinios, NO constituyendo una declaración de candidatura propiamente tal, la que debe efectuarse de acuerdo a los plazos y normativa vigente.
Descarga el manual de Patrocinios Web para Candidaturas Independientes aquí
Eventuales Elecciones Primarias de alcaldes/as y gobernadores/as regionales 2024, podrán desplegar propaganda electoral en 2.855 espacios públicos autorizadosEn virtud del cronograma electoral de las eventuales elecciones primarias a realizarse el día 9 de junio 2024, el periodo para efectuar propaganda electoral, por medios de prensa, radio emisoras, activistas o brigadistas en la vía pública, en espacios públicos y privados, comienza el día 10 de mayo 2024 y hasta el 6 de junio de 2024, ambos días inclusive.
Conforme a la normativa vigente, las candidaturas y partidos políticos que participen en las elecciones primarias sólo podrán realizar propaganda electoral en los espacios públicos que la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones define como plazas, parques u otros de carácter público, y que se encuentren expresamente autorizados por el Servicio Electoral.
Para estas eventuales elecciones primarias, se determinaron 2.855 espacios públicos autorizados a lo largo del país. La disposición de los espacios públicos autorizados considera la propuesta efectuada por los Concejos Municipales de cada comuna y han sido determinados mediante resoluciones emitidas por las Direcciones Regionales del Servicio Electoral.
La nómina correspondiente a cada comuna se encuentran publicadas aquí, en donde además se podrá encontrar un mapa georreferenciado con información de espacios públicos autorizados para el despliegue de propaganda.
Servel publica los máximos de gastos electorales permitidos para las eventuales elecciones primarias de Alcaldes y Gobernadores Regionales, Elecciones Alcaldes, Concejales, Consejeros Regionales y Gobernadores Regionales, y eventual Segunda Votación de Gobernador Regional 2024En el contexto de las próximas elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales a efectuarse el próximo 27 de octubre del 2024 y conforme a lo señalado en el artículo 4 de la Ley N°19.884, el Servicio Electoral ha determinado los límites de gastos electorales que no podrán exceder las candidaturas. Estos límites se establecen según establecido en los incisos 2°, 4° y 5° del artículo 4 del mencionado cuerpo legal, considerando una distribución acorde a cada territorio electoral según el tipo de elección. En el caso de los alcaldes y concejales, los territorios corresponden a las comunas de cada región; para las elecciones de gobernadores regionales, los territorios corresponden a las regiones del país; y para las elecciones de consejeros regionales los territorios corresponden a la circunscripción provincial. La composición de cada territorio electoral está disponible en el siguiente enlace: Detalle territorios.
En el caso de eventuales elecciones de primarias de alcaldes y gobernadores regionales, y según lo establecido en el artículo 44 de la Ley N°20.640, los candidatos no podrán exceder el 10% de los límites de gasto establecidos en el artículo 4 de la Ley 19.884 según el tipo de elección. En relación una eventual segunda votación de gobernador regional, el límite de gasto electoral se estableció de acuerdo con lo señalado en el inciso 2° del artículo 4 de la Ley N°19.884.
Por otra parte, según los dispuesto en el inciso penúltimo del artículo 4 de la Ley 19.884 Orgánica Constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, estos límites se deben publicar en el diario oficial y en el sitio web del servicio electoral.
Dando cumplimiento a lo anterior en los siguientes enlaces se encontrará la Resolución que fija estos límites, la publicación en el diario oficial y un cuadro con los límites por cada territorio electoral.
Detalle de límites por territorio
Sanciones por no votar son impartidas por los Juzgados de Policía LocalLa Constitución indica que los jueces ponderarán las justificaciones, absolverán o sancionarán con multas de 0,5 a 3 UTM.
Ante el caso presente en medios de comunicación durante los últimos días, en que una persona de 102 años fue sancionada por el 1er Juzgado de Policía Local de Viña del Mar por no sufragar en el Plebiscito Constitucional 2022, el Servicio Electoral de Chile reitera que la aplicación de sanciones, así como la aceptación de justificaciones, corresponden únicamente a los Juzgados de Policía Local.
La Constitución, en su artículo 142, inciso 2°, establece que no incurrirá en esta sanción el elector que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad.
De acuerdo a lo expuesto, el Servicio Electoral no se encuentra facultado para excluir a un elector del padrón electoral sólo por tener una edad avanzada, ya que, de ser así, se estaría vulnerando su derecho a sufragio. A su vez, Servel no impone multas o sanciones a los infractores que no concurrieron a sufragar al Plebiscito Constitucional. La aplicación de multas o sanciones, así como la absolución, corresponde en forma privativa al juez de policía local.
Si bien el Servicio Electoral desconoce las justificaciones que en este caso se hubiesen presentado ante el 1er Juzgado de Policía Local de Viña del Mar, lamentamos que la opción del juez haya sido aplicar una sanción, lo que ciertamente ha ocasionado un comprensible malestar en la afectada y su círculo familiar.
Servel solicita la disolución del Partido Comunes por faltas graves y reiteradasInfracciones graves y reiteradas a la normativa que regula el financiamiento público de los partidos políticos son las que sustentan la solicitud de disolución del Partido Comunes, que el Servicio Electoral realizó al Tribunal Calificador de Elecciones este 28 de diciembre.
El día de hoy el Director del Servicio Electoral, por requerimiento unánime del Consejo Directivo, ha presentado en el Tribunal Calificador de Elecciones una denuncia por infracciones graves y reiteradas del Partido Político Comunes al Título V de la ley N°18.603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, solicitando la disolución de la colectividad.
El partido Comunes, que en su comienzo tenía el nombre de Poder Ciudadano, surgió en 2018 a partir de la fusión de los partidos Poder Ciudadano y Poder Ciudadano del Norte, siendo así sucesor de los partidos fusionados en sus derechos y obligaciones patrimoniales. A partir de ese mismo año se iniciaron una serie de incumplimientos en los plazos de entrega de los balances (con fecha contable del año anterior), acreditación de operaciones bancarias, acreditación de gastos por medio de documentos tributarios y pagos cuyo destino se desconoce o que, correspondiendo a reembolsos por gastos de campañas electorales, fueron destinados a fines diferentes a lo electoral.
El Servicio Electoral, mediante los correspondientes Procedimientos Administrativos Sancionatorios (PAS) ha sancionado reiteradamente al Partido Comunes por no dar cumplimiento a la obligación legal de justificar el destino de los recursos públicos obtenidos, en el plazo establecido, infringiendo así los artículos 41 y 44 de la ley N°18.603 Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, con multas cercanas a un total de 24 millones de pesos, según el siguiente detalle:
Cabe destacar que los balances 2017, 2018 y 2019 fueron rechazados por ser presentados en forma extemporánea y sin toda la documentación necesaria. Posteriormente, y tras ser sancionado, el partido realizó las subsanaciones, pero en fechas muy posteriores, culminando con la aprobación de dichos balances. Hasta la presentación de la denuncia, el partido Comunes tiene rechazados los balances 2020, 2021 y 2022.
Los montos no rendidos ni reintegrados, a la fecha, ascienden a $14.100.000 correspondientes al ejercicio contable 2020 y $128.586.823 por el ejercicio contable 2021. Dichas situaciones fueron denunciadas por Servel ante el Ministerio Público el 28 de septiembre de 2023, requiriendo al Consejo de Defensa del Estado ejercer las acciones tendientes a obtener el reintegro de dichas cantidades.
Las infracciones graves y reiteradas cometidas por el Partido Comunes se traducen en:
Detalle de las infracciones
1.- Contabilidad y balances
Los balances de los años 2017 y 2018 presentados por el Partido Político Poder Ciudadano, antecesor legal del partido Comunes, como también los balances correspondientes a los años 2019 y 2020 del Partido Comunes, fueron, en todos los casos, presentados en forma posterior al plazo legal. Estos balances fueron objeto de observaciones y reparos por parte del Servel, no subsanados a tiempo, lo cual implico el rechazo de los balances y la aplicación de multas respectivas. Tras las respectivas subsanaciones, finalmente fueron aprobados.
Respecto de los balances de los años 2021 y 2022 fueron presentados fuera de plazo, no se ajustan a las normas contables dictadas por el Servel por Resolución O-N°0147/2019 aprobadas previa consulta al Tribunal Calificador de Elecciones, no fueron firmados por un contador ni por autoridades de partido, no cuentan con la aprobación del Órgano Intermedio Colegiado y no tiene el dictamen de la auditoría externa de conformidad a la ley.
Adicionalmente, en estos balances no se entregó el estado de flujo efectivo, cambios en el patrimonio, estado de situación financiera, estado de resultado, notas al estado financiero y otros libros auxiliares (honorarios, compras, etc.), no existen respaldos como libro de ingresos ni sus respectivos comprobantes, así como documentos que acrediten los gastos.
Los balances 2021 y 2022 se encuentran rechazados por el Servel, sin que el partido Comunes haya, a la fecha, subsanado las graves observaciones. Al respecto se han abierto procesos administrativos sancionatorios.
Respecto de la contabilidad en general existe un incumplimiento grave y reiterado a las instrucciones generales y uniformes dictadas por el Servicio Electoral:
2.- Saldos pendientes de aportes fiscales basales
Respecto del año 2020 no habían sido respaldados como gastos, desconociendo su destino, la suma de $14.100.000 de aportes fiscales basales.
Respecto del año 2021 no habían sido respaldados como gastos, desconociendo su destino, la suma de $ 128.586.823 de aportes fiscales basales.
El partido Comunes no ha restituido estos fondos como los señala el Título V de la ley N°18.663.
3.- Reembolso fiscal por gastos de campañas usados en fines diferentes del pago de los proveedores con que se respaldaron las rediciones de cuentas
De los $249.950.444 de fondos fiscales pagados al partido el 1 de noviembre de 2021 por concepto de reembolso de gastos pendientes de pago de las elecciones de mayo 2021, se ha detectado que un total de $169.374.638 fueron girados por medio de 6 cheques, que fueron cobrados por caja entre el 5 y el 9 de noviembre de 2021, sin que el partido haya podido identificar a quién correspondieron estos giros. Se presume que estos fondos tuvieron un destino diferente a los gastos de campaña y a los proveedores con cuyas boletas o facturas pendientes de pago se respaldó la cuenta de la campaña respectiva. Lo anterior, a pesar de la obligación de utilizar los aportes fiscales por concepto de campañas en ellas.
Situación similar a lo anterior se produce respecto de los fondos fiscales pagados al partido el año 2022, por concepto de reembolso de gastos pendientes de pagos de las elecciones de dicho año, donde de un total de $78.316.304, solo se pudo verificar el pago de $25.526.396.
Comienza inscripción de taller que entrega herramientas a docentes asesores de centros de alumnosLa iniciativa está dirigida a docentes asesores de Centros de Alumnos y se realizará de forma online, y sin costo. Este taller se realiza en el marco del Plan Nacional de Formación Ciudadana y Educación Cívica Electoral del Servicio Electoral de Chile (Servel).
Este taller es una actividad sin costo y cuenta con certificación Servel. Se desarrollará el jueves 23 de marzo de 2023, de 17:30 a 19:30 horas, vía Zoom.
Esta instancia formativa, fundamental para la promoción de la formación ciudadana, tiene por objetivo compartir a docentes asesores de Centros de Alumnos contenidos, orientaciones y herramientas que contribuyan a su asesoría en la organización de elecciones estudiantiles a fin de fortalecer la participación escolar.
El taller comprende dos módulos en el que se abordarán temas referidos a las principales actividades de la labor que realiza la o el docente asesor, las características de una elección estudiantil, orientaciones y recursos para la organización de votaciones escolares, entre otras materias.
Para inscribirse es necesario enviar al correo formacionciudadana@servel.cl la siguiente información: nombre completo, establecimiento en el que trabaja, con dirección y comuna; además, detallar desde cuándo ejerce como docente asesor/a. En caso de consultas dirigirse al mismo correo.
El Plan Nacional de Formación Ciudadana y Educación Cívica Electoral se da en el contexto de uno de los objetivos estratégicos de Servel, que consiste en educar a la ciudadanía sobre sus derechos políticos, la oportunidad y forma de ejercerlos, y su importancia para el desarrollo del país.
Servel sortea orden de listas para Elección del Consejo ConstitucionalA las 9:00 horas de este lunes 27 de febrero el Servicio Electoral, Servel, realizó el sorteo del orden de las listas declaradas, para determinar la precedencia de las y los candidatos en las respectivas cédulas electorales para la elección que se realizará el 7 de mayo.
El sorteo, encabezado por el Director Nacional de Servel, Raúl García Aspillaga, y emitido en el canal de YouTube de Servel, dio por resultado la siguiente asignación de letras:
Letra A: Partido de la Gente
Letra B: Todo Por Chile
Letra C: Partido Republicano de Chile
Letra D: Unidad Para Chile
Letra E: Chile Seguro
Para revisar el acta del sorteo ingresa aquí
Este lunes comienza el plazo para efectuar reclamaciones al padrón electoral auditado para Elección del Consejo ConstitucionalEste 26 de febrero, y en conformidad a la ley, Servel publicó el padrón electoral auditado y la nómina auditada de electores inhabilitados para la Elección del Consejo Constitucional del próximo 7 de mayo, disponibles aquí.
El objetivo de esta publicación es que las personas puedan corroborar la información que contienen dichos listados y presentar sus objeciones. En situaciones que las personas consideren que injustificadamente fueron omitidas en el padrón electoral auditado, pueden reclamar, entre el 27 de febrero y el 3 de marzo ante el Tribunal Electoral Regional (TER) correspondiente a su domicilio electoral. El listado de TER se encuentra disponible aquí.
Asimismo, cualquier persona natural, partido político o candidato podrá presentar reclamaciones respecto de electores infundadamente omitidos del padrón o que aparezcan con datos erróneos, y solicitar la exclusión de quien figure en éste contraviniendo la ley. Éstas deben presentarse ante el TER que corresponda al domicilio del elector sobre el que se reclame.
Luego de revisar los antecedentes, en los casos que corresponda, el TER ordenará o no la incorporación, rectificación de los datos o la exclusión de los padrones electorales del reclamante o electores afectados. Los padrones electorales definitivos y las nóminas definitivas de electores inhabilitados para sufragar serán publicadas en el sitio web de Servel el día 23 de marzo.
Servel habilita Sistema de recepción de Aportes para la elección del Consejo Constitucional 2023Conforme a lo dispuesto en el artículo 144 de la Constitución Política de la República, a la elección de los integrantes del Consejo Constitucional le serán aplicables las disposiciones pertinentes a la elección de senadores señaladas en la ley N° 19.884, sin perjuicio de las reglas especialmente establecidas. En el artículo 19 se establece que, todos los aportes deberán efectuarse únicamente a través del Sistema de Recepción de Aportes del Servicio Electoral, por medio de transferencia electrónica o depósito bancario.
Para realizar aportes a campañas electorales se habilitó en https://aportes.servel.cl/ el Sistema de Recepción de Aportes, para lo cual deberá ingresar utilizando la Clave Única del aportante, seleccionando la candidatura o partido político al que se desee realizar el aporte indicando el monto. Para facilitar este procedimiento puede consultar la guía de usabilidad de sistemas ingresando aquí.
Los aportes mediante depósito bancario, éstos podrán realizarse en cualquier sucursal de Banco Estado a lo largo del país, para lo cual deberá utilizar el comprobante de depósito correspondiente. Para descargar comprobante pulse aquí.
Para realizar aportes electorales ingrese aquí.
Para las Candidaturas y Administradores Generales Electorales ingrese aquí.
Resolución de aceptación y rechazo de declaraciones Elección del Consejo Constitucional 2023En conformidad a la ley, el Servicio Electoral da a conocer la resolución sobre las declaraciones de candidaturas para Elección del Consejo Constitucional 2023.
Conozca la resolución aquí.