Hasta la medianoche de este 6 de febrero, fecha límite para la formalización de pactos y declaraciones de candidaturas para la Elección del Consejo Constitucional, los partidos políticos concurrieron al Servel a formalizar pactos y declarar las candidaturas para participar en el proceso, las que también se realizaron a través de la plataforma dispuesta por el Servicio Electoral.
De esta forma Servel recibió la formalización de tres pactos y las declaraciones de dos partidos para la elección, en el siguiente orden:
-El día viernes 3 de febrero realizó su declaración el Partido Republicano.
-El día lunes 6 de febrero, se formalizó el pacto Unidad Para Chile, compuesto por el:
Partido Socialista De Chile
Partido Comunista De Chile
Revolución Democrática
Federación Regionalista Verde Social
Comunes
Partido Liberal De Chile
Convergencia Social
Partido Acción Humanista
e independientes
-También se formalizó el pacto Todo Por Chile, compuesto por el:
Partido Demócrata Cristiano
Partido Por La Democracia
Partido Radical De Chile
e independientes
-Realizó su declaración de candidaturas el Partido De La Gente.
-Y se formalizó el Pacto Chile Seguro, compuesto por:
Renovación Nacional
Unión Demócrata Independiente
Evolución Política
e independientes
Igualmente se recibieron 354 candidaturas, dentro de ellas se declararon 3 candidaturas independientes y 3 candidaturas de pueblos indígenas, éstas últimas 2 mapuches y 1 lican antay o atacameño.
Proceso de formalización de pactos y declaración de candidaturas de Elección del Consejo ConstitucionalEl lunes 6 de febrero vence el plazo para formalizar los pactos electorales y declarar las candidaturas para la Elección del Consejo Constitucional que se realizará el 7 de mayo próximo.
Los partidos políticos que deseen formalizar pactos deben realizar ese trámite antes de la declaración de sus candidaturas. Como éste se efectúa en presencia del Director Nacional y los pactantes, se ha establecido como horario límite las 17 horas del 6 de febrero, previa coordinación con Servel.
En cuanto a la declaración de candidaturas se debe privilegiar el Sistema web de Declaración de Candidaturas, que estará disponible hasta las 23:59 horas del día 6 de febrero. La recepción presencial y manual de documentación solo se verificará hasta la misma hora indicada.
Considerando las exigencias sanitarias aún vigentes, para la formalización de pactos podrán hacer ingreso a las dependencias del Servicio Electoral solo el presidente o presidenta y secretario o secretaria de cada uno de los partidos políticos participantes, esto es, hasta dos personas por partido.
Importante: El proceso realizado en dependencias de Servel contará con un streaming disponibilizado por Servel, así como con registros fotográficos. Los medios de comunicación podrán obtener declaraciones y realizar grabaciones solo en el exterior del edificio del Servicio Electoral.
Patrocinios para candidaturas independientes y pueblos indígenasEl Servicio Electoral tiene disponible el Sistema de Patrocinios en Línea, que permite reunir los patrocinios necesarios para declarar una candidatura independiente o de pueblo indígena para la Elección del Consejo Constitucional a través de la página web del Servicio Electoral, en https://patrocinantes.servel.cl/
El Sistema de Patrocinios en Línea es un sistema seguro, con el respaldo de la verificación de identidad vía Clave Única, y que permite el patrocinio solo a quienes cuentan con los requisitos para ello: nacionalidad chilena, habilitación para sufragar y no contar con afiliación a partidos políticos.
Cada persona puede patrocinar solo a un candidato. Una vez efectuado el patrocinio, éste no podrá ser rectificado ni retractado.
La cantidad mínima requerida de patrocinios para independientes se encuentra aquí, y la cartilla informativa puede conocerla aquí.
En tanto, la información sobre las candidaturas indígenas y su patrocinio se encuentra acá.
Acceda a toda la información de la Elección del Consejo Constitucional en el sitio web del Servicio Electoral.
Servel de Los Ríos instruyó sobre trámites y Elección del Consejo Constitucional a agrupaciones comunales de discapacidadEn el marco del desarrollo del Plan de Formación Ciudadana y Educación Cívica Electoral del Servicio Electoral, es que la Dirección Regional de Los Ríos expuso acerca de la Elección del Consejo Constitucional del próximo 7 de mayo ante 25 agrupaciones comunales de discapacidad, teniendo como principal foco el término del plazo para solicitar el cambio de domicilio electoral
La invitación, gestada por el Consejo Comunal de Discapacidad de Valdivia, fue realizada de manera online y contó con la asistencia de electores habilitados para sufragar que, según sus propios dichos, se reconocen como electores activos, participes de todas las elecciones y plebiscitos.
Para complementar la información, los funcionarios compartieron datos respecto del contenido falso que ha sido desmentido por el Servicio en procesos electorales anteriores, recomendando y sugiriendo la utilización de los canales formales de Servel para corroborar noticias o bien corroborar la falsedad de esta.
Esta es la tercera oportunidad que la Dirección Regional de Los Ríos concreta esta alianza con el Consejo Comunal de Discapacidad de Valdivia. El éxito de la jornada permitió que el trabajo continúe a futuro con una actividad centrada en el voto asistido, datos electorales, candidaturas, Elección del Consejo Constitucional, entre otras.
Reclamaciones hasta el 11 de febrero: nómina especial de electores que no serán considerados en el padrón electoralEl viernes 27 de enero el Servicio Electoral dio a conocer la nómina especial de electores que no serán incorporados en el padrón electoral de la elección del Consejo Constitucional, disponible en el sitio web de Servel.
Esta nómina comprende a 64.731 personas que, conforme al art. 31 bis Ley N° 18.556, además de ser mayores de 90 años:
Hasta el sábado 11 de febrero podrán solicitar su reincorporación quienes consideren haber sido ingresados erróneamente a la nómina especial de personas excluidas del padrón electoral. También podrán realizar el trámite quienes tengan un familiar cercano o conocido que haya sido excluido.
La solicitud de reclamación se puede realizar presencialmente en las direcciones regionales del Servicio Electoral o por medio de un correo electrónico a reclamos90@servel.cl, acompañando los antecedentes fundantes de la reclamación y fotografía por ambos lados de la cédula de identidad del elector o electora que ha sido excluido del padrón.
Adicionalmente, cuando el Servicio Electoral publique el padrón electoral auditado el 26 de febrero próximo, cualquier elector podrá reclamar su exclusión entre el 27 de febrero y el 3 de marzo ante el Tribunal Electoral.
Cifras del padrón provisorio y publicación de nómina especial de electoresEl próximo 7 de mayo se realizará la Elección del Consejo Constitucional y, tal como indica la ley, Servel determinó el padrón electoral provisorio y la nómina provisoria de electores inhabilitados para sufragar en dicha elección, que serán sometidos a auditorías externas.
Junto con lo anterior, este viernes 27 de enero el Servicio Electoral dio a conocer la nómina especial de electores que no serán incorporados en el padrón electoral de la elección del Consejo Constitucional, disponible aquí.
Esta nómina comprende a 64.731 personas que, conforme al art. 31 bis Ley N° 18.556, además de ser mayores de 90 años:
El presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral, Andrés Tagle, hizo un llamado a revisar este listado para poder realizar reclamaciones dentro del plazo que la ley comprende para ello. “Hasta el sábado 11 de febrero podrán reclamar en el Servicio Electoral quienes consideren haber sido ingresados erróneamente en la nómina especial de personas que se excluirán del padrón electoral. También podrán realizar el trámite quienes tengan un familiar cercano o conocido que haya sido excluido”, manifestó.
La solicitud de reclamación se puede realizar presencialmente en las direcciones regionales del Servicio Electoral o por medio de un correo electrónico a reclamos90@servel.cl, acompañando los antecedentes fundantes de la reclamación y fotografía por ambos lados de la cédula de identidad del elector o electora que será excluido del padrón.
Este padrón contiene una nómina de las personas inscritas en el Registro Electoral que, según los antecedentes conocidos hasta el 26 de enero por Servel, cumplen con los requisitos para ejercer su derecho a sufragio.
Así, el padrón electoral provisorio consta de 15.150.008 electores en Chile, mientras la nómina provisoria de inhabilitados considera a 272.091 personas.
Respecto de los cambios de domicilio electoral, el Presidente de Servel indicó que “entre el 1 de octubre de 2022 y el 26 de enero de 2023, fecha en que terminó el plazo para solicitar el trámite de cambio de domicilio electoral, el total de solicitudes fue 815.478”.
El padrón provisorio está compuesto por un 51% de mujeres (7.764.679) y un 49% de hombres (7.385.329). En él figuran 1.312.087 personas de pueblos indígenas. Y son 595.241 las personas extranjeras habilitadas para sufragar.
El fin del padrón electoral provisorio y de la nómina provisoria de inhabilitados, es que los datos que contienen se sometan a un proceso de auditoría por dos empresas externas, con el objeto de revisar y determinar si contienen los antecedentes dispuestos por la ley. También se revisarán los procedimientos, sistemas de información, mecanismos de control y programas computacionales utilizados en su elaboración. Los informes de las auditorías servirán para que Servel pueda efectuar las eventuales correcciones que estime pertinentes.
El padrón electoral auditado y la nómina auditada de inhabilitados se publicará el 26 de febrero en el sitio web de Servel, iniciándose en ese momento un período de reclamaciones ante los Tribunales Electorales, hasta el 3 de marzo.
El viernes 27 de enero el Servicio Electoral dio a conocer la nómina especial de electores que no serán incorporados en el padrón electoral de la elección del Consejo Constitucional, disponible aquí.
Esta nómina comprende a 64.731 personas que, conforme al art. 31 bis Ley N° 18.556, además de ser mayores de 90 años:
Hasta el sábado 11 de febrero podrán reclamar en el Servicio Electoral quienes consideren haber sido ingresados erróneamente a en la nómina especial de personas que se excluirán del padrón electoral. También podrán realizar el trámite quienes tengan un familiar cercano o conocido que haya sido excluido.
La solicitud de reclamación se puede realizar presencialmente en las direcciones regionales del Servicio Electoral o por medio de un correo electrónico a reclamos90@servel.cl, acompañando los antecedentes fundantes de la reclamación y fotografía por ambos lados de la cédula de identidad del elector o electora que será excluido del padrón.
Adicionalmente, cuando el Servicio Electoral publique el padrón electoral auditado el 26 de febrero próximo, cualquier elector podrá reclamar su exclusión entre el 27 de febrero y el 3 de marzo ante el Tribunal Electoral correspondiente a su domicilio.
Servel habilita Sistema de informes tarifarios para medios que deseen emitir propaganda de Elección de Consejo ConstitucionalLos medios de comunicación podrán publicar o emitir propaganda electoral que libremente contraten, pero no podrán discriminar en el cobro de las tarifas entre las distintas candidaturas y partidos políticos participantes.
El plazo para enviar dichos informes comienza el 26 de enero y vence a las 23.59 horas del 26 de febrero del 2023, esto pueden realizarlo a través del sitio web del Servel, utilizando los formularios electrónicos disponibles en https://tarifas.servel.cl/
Solo se podrá efectuar propaganda electoral en los medios que, a más tardar diez días antes del inicio del período de propaganda, informen al Servicio Electoral sus tarifas, las que luego de ser validadas, son publicadas en el sitio web del Servel y en el del medio respectivo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 18.700.
El Director responsable de un órgano de prensa o radioemisora que publique o emita propaganda electoral sin haber enviado su informe tarifario al Servel, dentro de los plazos indicados, se expone a la aplicación de multas de 10 a 200 UTM, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 136 de la Ley N°18.700. Igual sanción se aplicará a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión.
El periodo de propaganda para el Elección del Consejo Constitucional en medios de prensa escrita y radioemisoras inicia el 8 de marzo y finaliza el 4 de mayo de 2023.
Hasta este jueves se podrá solicitar cambio de domicilio electoralEste jueves 26 de enero a las 23:59 horas vence el plazo para solicitar el cambio del domicilio electoral registrado, así como cualquier modificación y actualización al Registro Electoral, con miras a la elaboración del padrón para la próxima elección de los miembros del Consejo Constitucional del 7 de mayo.
El llamado al electorado es revisar y de ser necesario actualizar el domicilio electoral con Clave Única en el sitio web de Servel, o de forma presencial en las Direcciones Regionales de Servel, en las oficinas de Chile Atiende y en las oficinas del Registro Civil (al renovar la cédula de identidad o pasaporte).
Las Direcciones Regionales del Servicio Electoral contarán con un horario de atención especial:
La aceptación de la solicitud se verá reflejada en la Consulta de Datos Electorales del sitio web de Servel luego de 25 días hábiles.
Conozca los espacios públicos autorizados para propagandaEl periodo de propaganda electoral de la Elección del Consejo Constitucional comienza el 8 de marzo, con el despliegue de brigadistas portando elementos no fijos y a través de medios radiales y escritos que hasta el 26 de febrero registren sus tarifas en el Servicio Electoral, mientras que la utilización de espacios públicos y privados será partir del 7 de abril. La propaganda electoral en los espacios públicos autorizados por el Servicio Electoral podrá realizarse mediante carteles y afiches que no superen los 2 metros cuadrados, mientras que la propaganda en espacios privados no podrá superar los 6 metros cuadrados y deberá contar con la autorización del propietario, arrendatario o mero tenedor del inmueble en que se instala.
La nómina de espacios públicos autorizados por Servel se publica, con el detalle de las resoluciones, aquí.
Los lugares autorizados por Servel consideran la propuesta efectuada por los Concejos Municipales de cada comuna respecto de espacios definidos como parques, plazas u otros de carácter público, según la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Estos pueden ser usados exclusivamente durante el periodo que comprende la propaganda, que finaliza el 4 de mayo.