Según la ley 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios y lo establecido en el artículo 175 del, DFL N°2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Servel debe enajenar, en propuesta pública, los útiles electorales utilizados en elecciones y plebiscitos, que no son susceptibles de ser utilizados en comicios posteriores, como ocurre con los del Plebiscito Nacional y las Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes, ambas de 2020.
Así, se hace necesario realizar un llamado a una licitación pública para que los interesados formulen sus ofertas.
Las ofertas deberán presentarse en un sobre cerrado dirigido al Director Nacional de Servel, en Esmeralda 636, piso 3, Santiago, el miércoles 9 de febrero de 2021, a las 12.00 horas, debiendo entregarse personalmente, en un acto en el cual se procederá a la apertura de las ofertas, quedando constancia en un cuadro de aperturas, cuyas copias serán entregadas a los oferentes que asistan.
Acceda a las bases de licitación aquí.
Consulte la publicación del diario la Nación aquí
Servel publica aceptación y rechazo de candidaturas a las elecciones de abril de 2021
El Servicio Electoral, Servel, publicó las resoluciones de aceptación y rechazo de las candidaturas inscritas el pasado 11 de enero para las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores/as Regionales, Alcaldes/as y Concejales, tal como lo disponen los artículos 105 y 115 de la Ley N° 18.695, artículo 19, de la Ley N° 18.700 y los artículos 82 y 92 de la Ley N° 19.175.
De esta forma se aceptaron 1.373 candidaturas para Convencionales Constituyentes, con el siguiente detalle:
Candidaturas |
Declaradas |
Aceptadas | Rechazadas |
Inadmisibles |
Convencionales Constituyentes Generales |
1.463 |
1.191 | 177 |
95 |
Candidaturas |
Declaradas |
Aceptadas |
Rechazadas |
Convencionales Constituyentes Pueblos Indígenas |
194 |
182 |
12 |
En el caso de los Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, Servel aceptó las cantidades de candidaturas detalladas a continuación:
Candidaturas |
Declaradas |
Aceptadas |
Rechazadas |
Gobernadores/as Regionales |
63 |
58 |
5 |
Candidaturas |
Declaradas |
Aceptadas |
Rechazadas |
Alcaldes/as
|
1.461 |
1.332 |
129 |
Candidaturas |
Declaradas |
Aceptadas |
Rechazadas |
Concejales/as
|
14.764 |
12.687 |
2.077 |
La información sobre Convencionales Constituyentes es publicada en el Diario Oficial, en tanto las resoluciones para Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales son publicadas en diarios de circulación regional.
Derecho de Reclamo
Los partidos políticos y los candidatos independientes podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la resolución de aceptación o rechazo de candidaturas, reclamar ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Este Tribunal fallará en el término de diez días contado desde la interposición del reclamo y su resolución se notificará al Director del Servicio Electoral y a los interesados por carta certificada (Artículo 20, Ley Nº 18.700).
Derecho de Reclamo
Los partidos políticos y candidatos independientes podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la referida resolución, reclamar de ella ante el Tribunal Electoral Regional (TER) respectivo, el que deberá pronunciarse dentro del quinto día.
Apelación ante el Tribunal Calificador de Elecciones
En conformidad a lo preceptuado en los artículos 96 de la Constitución Política y 119 inciso segundo, de la Ley Nº 18.695, las resoluciones que dicten los Tribunales Electorales Regionales serán apelables para ante el Tribunal Calificador de Elecciones.
*Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales en proceso de carga de archivos.
Servel publica nómina de electores con calidad indígena y formulario de autoidentificación indígenaPara los efectos de la revisión de datos en el Padrón Electoral, por parte de los electores y la respectiva autoidentificación con un pueblo indígena, en caso de omisiones, el Servicio Electoral publicó la nómina de electores con calidad indígena, que contiene los nombres y apellidos del elector, su número de rol único nacional, comuna, provincia y región a la que pertenezcan, según lo dispuesto por la Ley N° 21.298.
De acuerdo a la ley citada, dicha nómina se confecciona a partir de la información que debe ser entregada por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y por el Servicio de Registro Civil e Identificación y ser publicada electrónicamente por el Servicio Electoral hasta ochenta días antes de la elección.
Acceda a la nómina de electores con calidad indígena aquí.
De acuerdo con la misma ley, los electores podrán autoidentificarse como pertenecientes a un pueblo indígena de las siguientes maneras:
Por lo anterior, Servel pone a disposición el Formulario de Autoidentificación Indígena AI01, con el que se podrá realizar la declaración jurada que la normativa indica.
Acceda a las instrucciones y formulario para la autoidentificación indígena aquí.
Sorteo del orden de las listas declaradas para elecciones de abril de 2021
Este 14 de enero a las 9.00 hrs. en el Servicio Electoral y ante su Director Nacional, Raúl García, se dio cumplimiento al Decreto Exento N° 1.886 de fecha 24 de noviembre de 2020, la Ley N° 21.221, Reforma Constitucional que establece un nuevo itinerario electoral para el Plebiscito Constituyente y otros eventos electorales y, el articulo N° 24 de la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, el artículo 91 de la Ley N° 19.195 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y el artículo 114 de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, de realizar en audiencia pública, el sorteo del orden de las 101 listas declaradas, para determinar la precedencia de los candidatos en las respectivas cédulas electorales, para las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, que se llevarán a efecto el domingo 11 de abril de 2021.
En esta ocasión y en concordancia con las medidas de sanidad impuestas por efectos de la pandemia, este sorteo se llevó a cabo vía telemática y transmitido por redes sociales de Servel.
El sorteo se efectuó con letras del abecedario en número igual al de listas declaradas, incorporándose a este abecedario las siguientes combinaciones de letras (XA…….XZ ;YA……..YZ; ZA, ZB, ZC, ZD……etc.) asignándole la primera letra que arroje el sorteo a la lista primeramente declarada y las restantes letras a las demás en el orden de su recepción.
Las letras asignadas distinguirán a las listas en las cédulas oficiales en todos los territorios electorales para la elección de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales.
En el caso de la identificación de escaños reservados para los Pueblos Indígenas, estos se identificarán en la Cédula Oficial con el nombre del Pueblo Indígena que corresponda.
En el sorteo realizado el día 14 de enero se obtiene el siguiente resultado:
ECOLOGISTAS E INDEPENDIENTES (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales)
|
LETRA: XZ | |
CHILE VAMOS (Gobernadores Regionales y Alcaldes)
|
LETRA: XX | |
CHILE VAMOS RENOVACIÓN NACIONAL – INDEPENDIENTES (Concejales)
|
LETRA: XK | |
CHILE VAMOS UDI – INDEPENDIENTES (Concejales)
|
LETRA: ZJ | |
CHILE VAMOS EVOPOLI – INDEPENDIENTES (Concejales) | LETRA: ZG | |
CHILE VAMOS – PRI E INDEPENDIENTES (Concejales)
|
LETRA: YM | |
FRENTE AMPLIO (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales)
|
LETRA: XS | |
UNIDAD CONSTITUYENTE (Gobernadores Regionales)
|
LETRA: YN | |
MOVIMIENTOS SOCIALES AUTÓNOMOS (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: P | |
DIGNIDAD AHORA (Alcaldes y Concejales)
|
LETRA: XY | |
HUMANICEMOS CHILE (Gobernadores Regionales)
|
LETRA: YA | |
IGUALDAD PARA CHILE (Gobernadores Regionales)
|
LETRA: U | |
A PULSO, POR EL BUEN VIVIR (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XC | |
INDEPENDIENTES CRISTIANOS (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales) |
LETRA: YC | |
CIUDADANOS CRISTIANOS (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YX | |
RADICALES E INDEPENDIENTES (Concejales)
|
LETRA: ZU | |
ORGANIZACIONES SOCIALES Y TERRITORIALES DEL WALLMAPU (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA:ZK | |
INDEPENDIENTES NUEVA CONSTITUCION (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZA | |
CORRIENTES INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YZ | |
UNIDAD POR EL APRUEBO P.S PPD E INDEPENDIENTES (Concejales)
|
LETRA: YW | |
VOCES CONSTITUYENTES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: T | |
LA LISTA DEL PUEBLO MAULE SUR (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZD | |
LA LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZN | |
INSULARES E INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: G | |
INDEPENDIENTES CON CHILE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZY | |
MOVIMIENTOS SOCIALES INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YK | |
INDEPENDIENTES DEL BIOBÍO POR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: I | |
MOVIMIENTO SOCIAL CONSTITUYENTE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XT | |
SEXTA UNIDA (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XV | |
COORDINADORA SOCIAL DE MAGALLANES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZI | |
UNIDOS POR LA DIGNIDAD (Alcaldes y Concejales)
|
LETRA: XU | |
MOVIMIENTOS SOCIALES: UNIDAD DE INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZL | |
MOVIMIENTOS SOCIALES PLURINACIONALES E INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes) | LETRA: ZH | |
TARAPACAFELIZ (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZO | |
SOBERANÍA CIUDADANA (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: D | |
INDEPENDIENTES POR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YV | |
INDEPENDIENTES POR UNA ATACAMA FELIZ (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XQ | |
NOBLES HIJXOS DE TARAPACÁ (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XB | |
LISTA SOCIAL PODER CONSTITUYENTE A TODA COSTA (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YT | |
MOVIMIENTO INDEPENDIENTES DEL NORTE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZZ | |
INDEPENDIENTES DE TARAPACÁ (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: A | |
BIOBÍO SIN PARTIDOS (Convencionales Constituyentes) | LETRA: F
|
|
INDEPENDIENTES POR LA NUEVA CONSTITUCION (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZT | |
FELICES E INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YJ | |
DECISIÓN CIUDADANA (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZM | |
LISTA DEL PUEBLO TRANSFORMANDO DESDE EL WILLI (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: Q | |
LISTA DEL APRUEBO (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YB | |
FELICES SIN PARTIDOS (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZP | |
VAMOS POR CHILE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XP | |
REPUBLICANOS (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales)
|
LETRA: XO | |
LA LISTA DEL PUEBLO 100 % INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YP | |
REGIONALISMO CIUDADANO INDEPENDIENTE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XM | |
INDEPENDIENTES FELICES (Convencionales Constituyentes | LETRA: ZS
|
|
INDEPENDIENTES TRANSPARENTES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: C | |
INDEPENDIENTES DEL NORTE GRANDE POR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: L | |
FELICES SIN PARTIDO (Convencionales Constituyentes) | LETRA: YR
|
|
NUEVO TIEMPO (Alcaldes y Concejales) | LETRA: YG
|
|
APRUEBO DIGNIDAD (Convencionales Constituyentes) | LETRA: YQ | |
CIUDADANOS INDEPENDIENTES (Alcaldes y Concejales)
|
LETRA: XE | |
INDEPENDIENTES DE ÑUBLE POR LA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YF | |
FUERZA POPULAR TERRITORIAL (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: V | |
INDEPENDIENTES Y MOVIMIENTOS SOCIALES DEL APRUEBO (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YU | |
INDEPENDIENTES DISTRITO 6 + LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: S | |
PUEBLO UNIDO TARAPACA (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: E | |
CHILE DIGNO VERDE Y SOBERANO (Alcaldes y Concejales)
|
LETRA: M | |
POR DIGNIDAD REGIONAL (Gobernadores Regionales)
|
LETRA: ZV | |
REGIONALISTAS VERDES (Gobernadores Regionales)
|
LETRA: ZX | |
LISTA DEL PUEBLO – RÍOS INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XD | |
NUESTRAS VOCES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZQ | |
INDEPENDIENTES COMO TÚ (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: H | |
PARTIDO ECOLOGISTA VERDE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XA | |
MAGALLANICOS NO NEUTRALES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XR | |
FELICES E INDEPENDIENTES D9 (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XW | |
PARTIDO HUMANISTA (Convencionales Constituyentes) | LETRA: XG
|
|
UNIÓN PATRIOTICA (Gobernadores Regionales, Alcaldes, Concejales y Convencionales Constituyentes) |
LETRA:ZB | |
LA LISTA DEL PUEBLO DISTRITO 12 (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YL | |
PROFESORAS E INGENIERAS (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YH | |
FUTURO FELIZ (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: B | |
CABILDO AUTOCONVOCADO (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZF | |
UNIDAD POR EL APRUEBO (Alcaldes)
|
LETRA: K | |
FYF DEMOCRACIA DIGITAL (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YY | |
ASAMBLEA POPULAR POR LA DIGNIDAD (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XI | |
ASAMBLEA POPULAR CONSTITUYENTE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZW | |
LA LISTA DEL PUEBLO DISTRITO 9 (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: N | |
FELICES SIN PARTIDO D26 (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: R | |
FELIZ DEMOCRACIA (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: O | |
COMUNIDAD INDEPENDIENTE DE MAULE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YO | |
PARTIDO DE TRABAJADORES REVOLUCIONARIOS (Gobernadores Regionales, Concejales y Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZR | |
MOVIMIENTO SOCIAL “LA LISTA DEL PUEBLO” (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZE | |
CHILE INDEPENDIENTE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: W | |
INDEPENDIENTES SIN PADRINOS (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YS | |
ENERGIA INDEPENDIENTE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XF | |
AUTONOMIA SOCIAL Y SINDICAL TARAPACA (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XN | |
LISTA POR LA JUSTICIA SOCIAL (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XH | |
PATAGONIA SOMOS TODOS (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YD | |
REPUBLICA DE LOS INDEPENDIENTES DE MAGALLANES (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YE | |
ELIGE LA LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: J | |
COMUNIDAD INDEPENDIENTE VENSEREMOS (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XL | |
FUERZA SOCIAL DE ÑUBLE, LA LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: XJ | |
FELICES INDEPENDIENTES 8D (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: ZC | |
LISTA INDEPENDIENTE PARTO SOCIAL (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YI |
Descargue el acta aquí.
Vea el sorteo en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=wdtJwNA5blM
En Santiago de Chile a 15 de enero de 2021, a las 17:00 horas, se realizó sorteo complementario de nueve listas, para la elección de Convencionales Constituyentes y Gobernadores Regionales, transmitido en línea, utilizando igual número de combinaciones de letras, con el siguiente resultado:
LISTA DEL PUEBLO – MOVIMIENTO TERRITORIAL CONSTITUYENTE (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: WD | |
ASAMBLEA CONSTITUYENTE ATACAMA (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: WJ | |
SUMATE AHORA (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: WE | |
FELICES E INDEPENDIENTES POR LA CUARTA REGIÓN (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: WH | |
INDEPENDIENTES DEL APRUEBO REGION COQUIMBO (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: WI | |
ARICA SIEMPRE ARICA (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: WK | |
FELICES ARICA Y PARINACOTA (Convencionales Constituyentes) | LETRA: WF
|
|
PARTIDO NACIONAL CIUDADANO (Gobernadores Regionales)
|
LETRA: WG
|
|
INDEPENDIENTES POR LA REGIÓN DE COQUIMBO (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: WB |
El total general de listas presentadas es de 110.
Descargue el acta complementaria aquí.
Vea el sorteo en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=ZbyHj-Tut7w
Comunicado: Cierre del proceso de declaración de candidaturas
El Consejo Directivo del Servicio Electoral considerando las diferentes características de las cuatro elecciones a realizarse el próximo 11 de abril del año en curso, en el cual se elegirán las y los Convencionales Constituyentes y además, por primera vez las y los Gobernadores Regionales más las autoridades municipales unipersonales y colegiadas, elecciones para las cuales se han presentado alrededor de 18.000 candidatas y candidatos, en lo que constituye la cifra más alta en elección anterior alguna, ha determinado que todas las declaraciones de candidaturas ingresadas hasta las 23:59 horas del pasado lunes 11 de enero, cuenten con la posibilidad de resolver aspectos administrativos y formales, que pudieren afectarlas, durante el jueves 14 de enero en curso.
Desde este martes, los equipos nacionales y regionales del Servel se encuentran trabajando en el análisis de los datos, la revisión de la documentación requerida y el cumplimiento de los distintos requisitos, por lo que las principales cifras se entregarán junto con las resoluciones de aceptación o rechazo de candidaturas.
A su vez, como parte de este proceso y en cumplimento con lo dispuesto por la normativa, este jueves 14 de enero a las 9:00 horas se celebrará en audiencia pública realizada telemáticamente por efectos de pandemia, el sorteo del orden de las listas declaradas, para determinar la precedencia de ellas en las respectivas cédulas electorales, para cada una de las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores y Gobernadoras Regionales, Alcaldes y Alcaldesas y Concejales y Concejalas, que se llevarán a efecto el domingo 11 de abril de 2021.
El sorteo será emitido por el canal de YouTube de Servel, ServicioElectoralCl.
Elecciones: sorteo de orden de listas será telemático
Como parte del proceso de declaración de candidaturas para las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, que se llevarán a efecto el domingo 11 de abril de 2021 y en cumplimento con lo dispuesto por la normativa, este jueves 14 de enero a las 9:00 horas se celebrará en audiencia pública realizada telemáticamente por efectos de pandemia, el sorteo del orden de las listas declaradas, para determinar la precedencia de los candidatos en las respectivas cédulas electorales.
El sorteo será emitido por el canal de YouTube de Servel, ServicioElectoralCl.
Aceptación o rechazo de candidaturas: los plazos para tomar en cuenta
Luego de que se cumpla el plazo de la declaración de candidaturas para las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, este 11 de enero, existe una serie de fechas importantes para la aceptación o rechazo de ellas, así como también las reclamaciones posibles, contemplando mecanismos diferenciados.
Plazo de aceptación o rechazo
El Consejo del Servicio Electoral, dentro de los diez días siguientes a aquel en que venza el plazo para declaración de candidaturas, es decir, el 21 de enero próximo, deberá dictar una resolución que se notificará al correo electrónico que los candidatos deberán informar en el momento de la declaración, la que se pronunciará sobre la aceptación o rechazo de la candidatura. Las resoluciones respectivas se publicarán el 23 de enero próximo en el Diario Oficial.
Derecho de Reclamo
Los candidatos podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la resolución a que se refiere el párrafo anterior, reclamar ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Este Tribunal fallará en el término de diez días contado desde la interposición del reclamo y su resolución se notificará al Director del Servicio Electoral y a los interesados por carta certificada.
De la inscripción de candidaturas
Dentro de los tres días siguientes de vencido el plazo de esos cinco días o del fallo del Tribunal Calificador de Elecciones, si lo hubiere, el Director del Servicio Electoral procederá a inscribir las candidaturas en un Registro Especial.
Plazo de aceptación o rechazo
Corresponde exclusivamente a los Directores Regionales del Servicio Electoral, pronunciarse dentro de los diez días siguientes al vencimiento del plazo para declarar las candidaturas, sobre la aceptación o rechazo de las que hubieren sido declaradas. La resolución se publicará en un diario de mayor circulación en la región respectiva, teniendo como plazo máximo para ello, el sábado 23 de enero de 2021.
Derecho de Reclamo
Los partidos políticos y candidatos independientes podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la referida resolución, reclamar de ella ante el Tribunal Electoral Regional respectivo, el que deberá pronunciarse dentro del quinto día.
Apelación ante el Tribunal Calificador de Elecciones
En conformidad a lo preceptuado en los artículos 96 de la Constitución Política y 119 inciso segundo, de la Ley Nº 18.695, las resoluciones que dicten los Tribunales Electorales Regionales serán apelables para ante el Tribunal Calificador de Elecciones.
Padrón auditado suma 14.900.089 electores habilitados para votar en las Elecciones de abril de 2021
En cumplimiento de la ley, este lunes 11 de enero el Servicio Electoral publicó en su sitio web el padrón electoral y la nómina de inhabilitados con carácter de auditados, con los datos y antecedentes que ordena la legislación, para que los electores y electoras puedan corroborar la información que contienen dichos listados y presentar sus objeciones dentro de 10 días.
Tras la auditoría realizada por dos empresas del rubro, este lunes 11 de enero Servel publicó en su sitio web el padrón electoral y la nómina de inhabilitados con carácter de auditados para las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores/as Regionales, Alcaldes/as y Concejales/as 2021. Estos listados contemplan las sugerencias consignadas en los informes de las auditoras, en los casos que el Servel consideró pertinentes, de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 18.556, sobre Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.
Según los datos publicados, el padrón está compuesto por 14.900.089 electores habilitados para sufragar en el territorio nacional.
Hombres | Mujeres | Total | |
Total de electores/as habilitados |
7.257.671 |
7.642.418 |
14.900.089 |
El objetivo de esta publicación, según los artículos 47 y 48 de la citada ley, es que las personas puedan corroborar la información que contienen dichos listados y presentar sus objeciones dentro del plazo que considera la ley para ello.
En situaciones que las personas consideren que injustificadamente fueron omitidas de estos listados, pueden reclamar, entre el 12 y el 21 de enero ante el Tribunal Electoral Regional (TER) de su domicilio electoral. El listado de TER se encuentra disponible aquí.
Asimismo, cualquier persona natural, partido político o candidato podrá presentar reclamaciones respecto de electores infundadamente omitidos del padrón o que aparezcan con datos erróneos, y solicitar la exclusión de quien figure en éste contraviniendo la ley. Este debe presentarse ante el TER que corresponda al domicilio del elector sobre el que se reclame.
Luego de revisar los antecedentes, en los casos que corresponda el TER ordenará la incorporación, rectificación de los datos o la exclusión de los padrones electorales del reclamante o electores afectados.
En términos porcentuales, un 51% del padrón electoral lo componen mujeres y un 49% hombres, manteniendo los porcentajes de los últimos padrones.
La ley N°21.298, publicada el 23 de diciembre y que modifica la Constitución para reservar escaños a representantes de los pueblos indígenas en la Convención Constitucional y para resguardar y promover participación de las personas con discapacidad en la elección de Convencionales Constituyentes, exige por primera vez al Servicio Electoral identificar en el padrón a los electores indígenas y al pueblo al que pertenecen. Esta información se obtuvo, como la ley establece, utilizando como fuente los principales datos, registros y nóminas de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) y el Servicio de Registro Civil e Identificación. Es así como es posible informar que, de los 14.900.089 electores y electoras habilitados para sufragar, 1.231.276 son indígenas.
Hombres | Mujeres | Total | |
Electores/as indígenas habilitados | 579.239 | 652.037 | 1.231.276 |
Las principales cifras de los pueblos indígenas indican que su presencia por regiones se establece de la siguiente forma:
PUEBLO INDÍGENA | ||||||||||
REGIÓN | AIMARA | COLLA | DIAGUITA | KAWASHKAR | LICAN ANTAY o ATACAMEÑO | MAPUCHE | QUECHUA | RAPA NUI | YAGAN o YAMANA |
TOTAL |
ARICA Y PARINACOTA | 32.412 | 160 | 1.038 | 1 | 497 | 4.346 | 637 | 7 | – | 39.098 |
TARAPACA | 27.749 | 401 | 4.436 | 3 | 618 | 6.488 | 1.952 | 15 | 1 | 41.663 |
ANTOFAGASTA | 4.334 | 266 | 5.429 | 2 | 19.596 | 7.595 | 3.982 | 11 | – | 41.215 |
ATACAMA | 1.009 | 7.404 | 18.900 | 1 | 188 | 5.064 | 76 | 19 | – | 32.661 |
COQUIMBO | 2.189 | 412 | 14.026 | – | 555 | 10.482 | 250 | 24 | 13 | 27.951 |
VALPARAISO | 1.973 | 175 | 3.899 | 8 | 294 | 35.382 | 151 | 3.122 | 10 | 45.014 |
METROPOLITANA | 3.841 | 193 | 4.028 | 20 | 518 | 291.728 | 297 | 399 | 11 | 301.035 |
O’HIGGINS | 337 | 19 | 346 | 6 | 36 | 21.195 | 20 | 21 | 1 | 21.981 |
MAULE | 241 | 11 | 225 | – | 24 | 19.527 | 38 | 16 | 1 | 20.083 |
ÑUBLE | 135 | 5 | 59 | 1 | 24 | 7.503 | 18 | 12 | – | 7.757 |
BIOBIO | 448 | 9 | 201 | 13 | 53 | 80.787 | 93 | 37 | 7 | 81.648 |
LA ARAUCANIA | 326 | 37 | 136 | 19 | 31 | 264.592 | 10 | 58 | 4 | 265.213 |
LOS RIOS | 171 | 3 | 61 | 11 | 13 | 73.043 | 9 | 27 | 2 | 73.340 |
LOS LAGOS | 417 | 16 | 131 | 22 | 21 | 176.186 | 19 | 23 | 2 | 176.837 |
AYSEN | 86 | 3 | 28 | 3 | 5 | 23.509 | 1 | 8 | 1 | 23.644 |
MAGALLANES | 137 | 11 | 81 | 399 | 14 | 31.340 | 3 | 26 | 125 | 32.136 |
TOTALES | 75.805 | 9.125 | 53.024 | 509 | 22.487 | 1.058.767 | 7.556 | 3.825 | 178 | 1.231.276 |
Las cifras del padrón también dan cuenta de la concentración del electorado a lo largo del país. Al respecto, las 10 comunas con mayor cantidad de electores habilitados para sufragar son las siguientes:
COMUNA |
ELECTORES |
PUENTE ALTO |
399.734 |
MAIPU |
389.731 |
SANTIAGO |
340.267 |
LA FLORIDA |
307.413 |
VIÑA DEL MAR |
301.363 |
VALPARAISO |
290.111 |
ANTOFAGASTA |
286.944 |
LAS CONDES |
269.511 |
TEMUCO |
236.906 |
SAN BERNARDO |
228.182 |
Las 10 nacionalidades con mayor número de extranjeros habilitados para sufragar en Chile en las próximas elecciones son las siguientes:
NACIONALIDAD (PAIS) |
Electores/as habilitados para sufragar |
PERU |
149.312 |
COLOMBIA |
49.745 |
BOLIVIA |
47.926 |
ARGENTINA |
29.714 |
ECUADOR |
17.000 |
ESPAÑA |
13.979 |
VENEZUELA |
10.260 |
REPUBLICA POPULAR CHINA |
10.009 |
ESTADOS UNIDOS |
9.047 |
BRASIL |
8.778 |
La nómina de inhabilitados la integran 237.888 personas.
Convención Constitucional: Un pueblo indígena no cuenta con precandidatos y otros tres no logran mínimo de patrociniosA un día del cierre del plazo para la presentación de candidaturas no existen representantes del pueblo chango que hayan solicitado su habilitación para ser candidatos a la Convención Constitucional. Y si bien representantes de los otros pueblos están habilitados, ninguno de los collas, yámanas (o yaganes) y kawashkar logran el mínimo de patrocinios que les permita declarar su candidatura.
Este lunes 11 de enero a las 23:59 horas vence el plazo de declaración de candidaturas para las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales del 11 de abril, y hasta el último reporte de Servel sobre su Sistema de Patrocinios en Línea del día sábado a las 17:00 horas, podrían presentarse como candidatos representantes para cubrir sólo 13 de los 17 escaños reservados para la Convención Constitucional.
La modificación constitucional que reserva escaños a representantes de los pueblos indígenas en la Convención Constitucional, publicada en el Diario Oficial el 23 de diciembre, señala que los escaños sólo serán aplicables para los pueblos reconocidos en la Ley N° 19.253 a la fecha de publicación de la reforma. Por lo anterior, los 17 escaños reservados corresponden a:
Respecto de los patrocinios necesarios para declarar las candidaturas, la ley indica:
“Las declaraciones de candidaturas serán individuales, y, en el caso de los pueblos Mapuche, Aimara y Diaguita, deberán contar con el patrocinio de a lo menos tres comunidades o cinco asociaciones indígenas registradas ante la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena o un cacicazgo tradicional reconocido por ley, correspondientes al mismo pueblo del candidato o candidata. También podrán patrocinar candidaturas las organizaciones representativas de los pueblos indígenas que no estén inscritas, requiriéndose tres de ellas.
Dichas candidaturas también podrán ser patrocinadas por a lo menos ciento veinte firmas de personas que tengan acreditada la calidad indígena del mismo pueblo del patrocinado. En los demás pueblos bastará el patrocinio de una sola comunidad, asociación registrada u organización indígena no registrada; o bien, de a lo menos sesenta firmas de personas que tengan acreditada la calidad indígena del mismo pueblo del patrocinado”.
De conformidad a las facultades delegadas al Servicio Electoral por el Congreso Nacional mediante la Ley N° 21.257, las que puede ejercer mientras el país se encuentre en estado de alerta sanitaria, se autoriza que las Asambleas de Comunidades, Asociaciones y Organizaciones aptas para otorgar patrocinios y convocadas para ese efecto, puedan realizarse también vía on line, y que en ellas se apruebe un acta que deje constancia del patrocinio a un determinado candidato o candidata y al candidato alternativo del sexo opuesto, y que encargue a una determinada persona, que solicite al Servel que la autorice, presencialmente o a través de Clave Única.
Cabe destacar que el reporte de patrocinios de Servel es únicamente en base a su Sistema de Patrocinios en Línea y que no considera los patrocinios notariales que podrán ser presentados en las declaraciones de candidaturas. Los candidatos o candidatas también pueden ser patrocinados por las asociaciones u organizaciones indígenas que la ley indica.
Podrán ser candidatos o candidatas las personas indígenas que:
Paridad de género
Para efectos de garantizar la paridad, cada declaración de candidatura deberá inscribirse designando una candidatura paritaria alternativa del sexo opuesto, y que cumpla con los mismos requisitos de el o la candidata a que eventualmente deba sustituir por razones de paridad, en caso de que sea necesario aplicar el mecanismo de corrección por paridad de género de la Ley N°21.298.
Domicilio electoral de los candidatos
Los candidatos deberán acreditar que tienen su domicilio electoral en las siguientes regiones, según el pueblo al que pertenezcan:
No será aplicable a los candidatos a esta elección ningún otro requisito, inhabilidad o prohibición.
Los ciudadanos que tengan acreditada la calidad indígena podrán patrocinar a un representante a la Convención Constitucional de su mismo pueblo, o bien a uno general (que no represente a pueblos indígenas).
Todo el detalle de la información se encuentra en la cartilla a la que se puede acceder aquí. Los formularios y toda la información sobre las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales en todo el territorio nacional se encuentra también disponible en el sitio web de Servel.
Servel informa horarios de formalización de pactos y declaración de candidaturas
De manera presencial, hasta las 17:00 horas de este lunes 11 de enero se recibirán formalizaciones de pactos, permitiendo el acceso a dependencias de Servel de sólo dos personas por Partido. Asimismo, hasta las 21:00 horas se hará recepción presencial de la documentación requerida para las declaraciones de candidaturas. Fuera de ese horario y hasta las 24:00 horas del mismo día, podrán presentarse a través del Sistema Declaración de Candidaturas en línea.
Este 11 de enero es la fecha límite para la formalización de pactos y declaración de candidaturas en miras a las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales 2021, que se vivirá en contexto de pandemia y con toque de queda, por lo que Servel ha dispuesto horarios máximos para estas gestiones.
Para la recepción de la formalización de pactos, que se realiza de forma presencial, se establece como horario tope de éstos hasta las 17.00 horas, por lo que se deberá gestionar el horario en que se concurrirá solicitando previamente una hora de atención.
Considerando las exigencias sanitarias de protección vigentes y que la sede del Servicio Electoral se encuentra en la comuna de Santiago, se aceptará la presencia sólo del Presidente (a), y del Secretario (a) de cada uno de los partidos políticos participantes, esto es, hasta dos personas por partido.
Para el proceso de declaración de candidaturas, Servel reiteró a los Partidos Políticos preferir el uso del Sistema Web de Declaración de Candidaturas, toda vez que la recepción presencial de documentación solo se realizará hasta las 21.00 horas del día 11 de enero, atendidas las restricciones impuestas a la ciudadanía por el estado de excepción. Con posterioridad a las 21.00 horas, sólo podrán ingresarse declaraciones de candidaturas en línea, en el sistema que se encontrará abierto hasta las 24.00 horas.
Para aquellas declaraciones ingresadas por el Sistema Web de Declaración de Candidaturas después de las 21.00 horas, la documentación debe ser remitida antes de las 24.00 horas al correo electrónico candidaturas@servel.cl
Quienes asistan a formalizar pactos y declarar candidaturas en todo momento deberán dar cumplimiento estricto a las medidas sanitarias generales, tales como uso de mascarillas, distanciamiento físico de mínimo un metro entre las personas y desinfección de manos con alcohol gel, medidas a considerar tanto en el nivel central de Servel como en las Direcciones Regionales.
IMPORTANTE: las listas conformadas por los independientes que ya cuentan con sus patrocinios tienen que declararse ante los Directores Regionales del Servicio Electoral, utilizando el formulario que tenemos dispuesto en la web. Mañana vence el plazo para todas estas gestiones y las Direcciones Regionales atenderán conforme a los horarios señalados.
Los independientes que hayan recibido patrocinios en línea no deberán imprimir dichos patrocinios para sus declaraciones.
Asimismo, con el fin de mantener el aforo y la seguridad sanitaria del personal que se encontrará en las distintas instalaciones de Servel, no se permitirá el ingreso de medios de comunicación. Las declaraciones y entrevistas deberán ser realizadas en las afueras de los edificios donde, a su vez, no estarán permitidos los actos de apoyo o manifestaciones, de acuerdo con las medidas sanitarias vigentes.