Según datos dados a conocer por Servel durante el mes de agosto, el padrón electoral definitivo para las Elecciones Regionales y Municipales de la comuna de Santiago cuenta con 378.363 electores, 120.666 de los cuales son extranjeros (lo que equivale a un 32%). Dicho padrón tiene un 91% de sus electores que se mantienen en éste desde el proceso anterior (es decir, hay 344.117 electores que ya estaban en el padrón del Plebiscito de diciembre de 2023 en la misma comuna) y se suman nuevos electores producto de:
Producto de solicitudes de cambios de domicilio, la comuna de Santiago considera la salida de 18.603 personas y el ingreso de 11.701. Por ende, salen más personas de la comuna de las que ingresan producto de cambios de domicilio.
El Servicio Electoral seleccionó los domicilios electorales residenciales y no residenciales con mayor concentración de electores (más de 100) para dar a conocer el origen del dato del domicilio, es decir, si proviene del Servicio de Registro Civil e Identificación o en el Servicio Nacional de Migraciones por inscripción automática o si estos datos se obtuvieron como resultado de los periodos de cambio de domicilio:
A continuación se suman los domicilios de la nota de prensa del 2023, que no forman parte de la lista de los domicilios que actualmente tienen menos de 100 electores.
La gran mayoría de los electores que se concentran en estos domicilios electorales, acorde con el padrón definitivo para las elecciones de octubre de 2024, provienen de la inscripción automática, tanto en el caso de los chilenos informados al Servicio Electoral por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con ocasión de la inscripción masiva del año 2012, así como también de quienes alcanzan los 18 años de edad. También corresponden a la inscripción automática de los extranjeros que informa el Servicio Nacional de Migraciones al cumplir los cinco años de avecindamiento en Chile. Sus domicilios electorales corresponden al último domicilio que registran estos servicios y que informan al Servicio Electoral en el momento de la inscripción automática.
Elecciones Regionales y Municipales en dos días: modificaciones legales y medidas de seguridadEl Servicio Electoral informó que son 15. 450. 377 personas las que están habilitadas para sufragar el próximo 26 y 27 de octubre en las Elecciones Regionales y Municipales. Cada una de ellas podrá elegir qué día acudir a las urnas: sábado o domingo. No ambos días. Una facilidad para para que cada persona pueda decidir el día que le convenga.
Conoce las normas e instrucciones para el correcto desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales aquí.
La elección en dos días es una de las principales modificaciones legales de la ley 21.693 que perfecciona el sistema electoral, además establece el uso del lápiz pasta azul de forma definitiva. Antes se había utilizado solo transitoriamente.
En esta ley también hay novedades para los vocales de mesa.“Se contempla ahora como norma permanente que los vocales designados deberán ejercer su labor en dos procesos electorales generales consecutivos, (incluidas las segundas vueltas) sea que se trate de las elecciones presidenciales, parlamentarias, municipales y/o regionales, o de plebiscitos. Por tanto, solo los vocales que ejercieron esta labor en el plebiscito de diciembre 2023 podrán repetirse nuevamente para la elección de octubre próximo. Y no debieran ser convocados para las elecciones presidenciales y parlamentarias de 2025”, comentó el Presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle en un punto de prensa a los medios de comunicación.
El bono para las personas que ejerzan las funciones de vocal de mesa receptora de sufragios será el equivalente a $25.290, y se pagará por cada día en que efectivamente ejerzan la función de vocal. Es decir, quienes cumplan con la labor de vocales durante los dos días de la elección, podrán acceder a un bono por sobre los 50 mil pesos.
Igualmente, Andrés Tagle hizo alusión a las multas para quienes no sufraguen en octubre. Se trata de una multa a beneficio municipal de 0,5 unidades tributarias mensuales. Es decir, casi 33 mil pesos.
No se aplicará la sanción a quienes, el día de la elección:
Asimismo, la ley publicada permite ahora a los trabajadores ausentarse durante tres horas, a fin de que puedan sufragar o excusarse según corresponda, sin descuento de sus remuneraciones.
Andrés Tagle también se refirió a otro de los puntos que crea confusión: el feriado. “El domingo 27 de octubre será feriado legal. No feriado irrenunciable. La restricción señalada en el N° 7 del artículo 38 del código del Trabajo, que prohíbe el funcionamiento para los centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica se aplicará solamente el día domingo”, aclaró, agregando que también se elimina de forma permanente la ley seca, que impedía la venta de alcohol en los días de elección.
Propaganda electoral
La propaganda electoral se mantiene hasta el jueves 24 de octubre. Una de las principales novedades establecidas en la reciente ley es que se suma a las redes sociales y plataformas digitales a los medios que deben remitir al Servicio Electoral la identidad y los montos involucrados de todo aquel que contrate propaganda electoral.
La nueva normativa detalla un punto fundamental en lo que se refiere a gastos: obliga a candidaturas y partidos políticos, a declarar antes de la elección los gastos contratados y devengados por conceptos de arrendamiento de muebles e inmuebles y pagos a personas que presten servicios a las candidaturas. Solo deberán informarse los gastos superiores a 30 UF por proveedor único en toda la campaña. Además, respecto de aquellos gastos, solo podrán rendirse si fueron debidamente informados antes del día de la elección. Si un candidato contrata arrendamiento de inmuebles o servicios personales y no los informa hasta el viernes 25 de octubre no podrá rendirlos en su contabilidad electoral.
Candidaturas
Hasta el 29 de agosto, de un total de 18.738 candidaturas declaradas (incluyendo aquellas nominadas en las primarias), hay 17.394 en el Registro Especial de Inscripciones.
99 declaraciones de candidaturas fueron retiradas, 506 rechazadas, 236 aprobadas por la Justicia Electoral y 503 aún pendientes de resolución por la Justicia Electoral.
Custodia en elección en dos días
Aludiendo a la seguridad y a la presencia de ciertos llamados a la desconfianza, muy tradicionales y completamente infundados, Andrés Tagle aseguró que “en esta ocasión, se contará con 6 urnas por mesa que deberán proveer las municipalidades: una para la elección de gobernadores, una para la de alcaldes, dos para consejeros regionales y dos para concejales. Esto debido al tamaño de los votos de consejeros y concejales, muy grandes y el mayor electorado que se espera que sufrague.
Tal como en mayo de 2021, para estas elecciones en dos días se pondrá en marcha un completo protocolo para la custodia de votos, urnas y útiles electorales contenido en un Instructivo que este miércoles ya aprobó unánimemente el Consejo Directivo del Servicio Electoral”.
Tagle agregó que el día sábado las mesas cerrarán a las 18:00 horas, siempre que no tengan electores en disposición de sufragar. Los vocales de mesa levantaran un acta de cierre. Después le pondrán una cinta adhesiva alrededor de las urnas (4 o 6 según lo que hayan ocupado el primer día) y a las tres cajas con útiles. Luego le pondrán un sello especial y numerado por mesa en la ranura de las urnas y en las cajas con útiles. Posteriormente, serán entregadas al Delegado de la Junta Electoral y almacenadas dentro de una sala con control de acceso, llave y sellos especiales que podrá el delegado en puertas y ventanas. La sala quedará con custodia de las FFAA o Carabineros. Permanecerán en el local, pero fuera de la sala, un asistente del delegado, personal de Servel y los apoderados generales que lo deseen. Los sellos tienen una calidad especial que al ser retirados dejan marcas de dicha situación.
Al día siguiente, a las 7:00 de la mañana, el delegado abrirá la sala y procederá a entregar el material de cada mesa a sus respectivos vocales quienes revisarán que lo sellos no hayan sido violados, dejando constancia en acta de cualquier irregularidad. Luego continuarán con el proceso normal de votación del día domingo.
“Nuestro llamado a todo el electorado es a informarse y evitar compartir contenido falso o malicioso. Y ese es uno de los pilares de la campaña informativa que hemos lanzado a lo largo de todo el país esta semana”, finalizó.
Padrón electoral
El padrón definitivo contiene 15.450.377 electores que podrán votar de forma segura.
Este padrón, publicado el miércoles 28, cuenta con 171.577 electores más que en el padrón en territorio nacional del Plebiscito de diciembre 2023.
Las cifras dan cuenta también que, si para ese Plebiscito del año pasado teníamos 676.028 extranjeros habilitados para sufragar, para estas Elecciones Regionales y Municipales 2024 tenemos 786.470, es decir, un aumento comparado de 110.442 electores.
Denuncias
Servel está en proceso de presentar una denuncia ante el Ministerio Público por un total de 2.724 personas por declarar un domicilio electoral con datos falsos o diferente de los permitidos en el artículo 10 de la Ley N° 18.556, asociados a las comunas de Sierra Gorda, General Lagos, Camarones, Ollagüe, Putre, Primavera y San Gregorio.
Estos casos se derivan de reclamaciones al padrón auditado acogidas por los Tribunales Electorales o de las solicitudes de cambio de domicilio electoral no procesadas por el Servicio Electoral en atención a la inconsistencia de los nuevos domicilios declarados, dado que eran genéricos, en que se indicaba una localidad en la que solo existen caseríos, señalándose calles sin numeración, en circunstancias que sí la tienen, o, con numeración, pero inexistente, que cambia o donde, a todas luces, no existe posibilidad de albergar a un gran número de personas.
15.450.377 electores conforman el padrón electoral definitivo para las Elecciones Regionales y MunicipalesTal como establece la ley, Servel hizo público el padrón electoral y la nómina de inhabilitados con carácter de definitivo para las Elecciones de Regionales y Municipales del 26 y 27 de octubre de este año.
El padrón definitivo y la nómina de inhabilitados publicados, omiten los datos relativos al número de rol único nacional, sexo y domicilio electoral de los electores, según establece la ley.
Conoce el padrón electoral definitivo y la nómina de inhabilitados acá
Las principales cifras son las siguientes:
Desde el miércoles 28 de agosto con el inicio del primer periodo de propaganda electoral en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales del 26 y 27 de octubre próximo, las candidaturas y partidos políticos podrán realizar propaganda electoral.
De acuerdo con lo estipulado en el párrafo 6 de la Ley 18.700, a partir de esta fecha, las candidaturas podrán emitir propaganda solo en los medios de prensa escrita y radioemisoras que previamente hayan informado sus tarifas al Servicio Electoral.
Medios Habilitados para Propaganda Electoral.
Asimismo, se inicia la propaganda electoral mediante activistas y brigadistas en la vía pública, permitiendo el uso de banderas, lienzos y otros elementos no fijos que identifiquen a las candidaturas. También se autoriza la distribución de volantes, folletos, artículos de merchandising y otros objetos informativos de menor tamaño, como lápices, chapas y bolsas reutilizables. Es importante destacar que, conforme al artículo 25 de la Ley 19.884, se prohíben las donaciones o erogaciones a personas naturales o jurídicas, así como la entrega de regalos o la prestación de servicios tales como operativos médicos, oftalmológicos o veterinarios.
Para obtener más información sobre las actividades permitidas durante este periodo, el Servicio Electoral ha puesto a disposición el Manual de Financiamiento, Propaganda y Gasto Electoral.
El pasado lunes 26 de agosto se publicó la Ley N° 21.693, la cual introduce modificaciones a diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema electoral y permitir que las elecciones municipales y regionales de 2024 se realicen en dos días. En esta ley, se introducen nuevas regulaciones al uso de redes sociales y plataformas digitales para emitir propaganda electoral, para lo cual el Servel requerirá que informen al Servicio de los sistemas de contratación digital y con ello, permitir que las candidaturas y partidos políticos puedan contratar propaganda.
Tambien, los medios de prensa, radioemisoras, plataformas digitales y redes sociales deberán informar al Servicio Electoral sobre las contrataciones de propaganda electoral. Para ello, el Servicio Electoral disponibilizará el Sistema de Declaración de Propaganda, https://declaracionespropaganda.servel.cl/ al cual los medios deberán ingresar mediante clave única. Las instrucciones de uso del sistema y declaración serán comunicados oportunamente a los medios.
Aportes
Además, ya se encuentra disponible el Sistema de Recepción de Aporte, para que las candidaturas y partidos políticos participantes de esta elección, puedan recibir sus aportes de campaña.
Quienes deseen aportar a las campañas deberán acceder a https://www.servel.cl/aportes/ mediante clave única, seleccionar la candidatura y el monto a aportar.
Los aportes también podrán realizarse mediante deposito en sucursales de Banco Estado a lo largo del país.
Asimismo, a partir de este viernes 30 de agosto de 2024, el Servicio publicará en su página web el registro de aportes electorales efectuados a Partidos Políticos y candidaturas.
Servel inicia campaña informativa para las Elecciones Regionales y MunicipalesCon una estética inspirada en la animación de Estudio Ghibli y la presencia de paisajes y elementos propios de Chile, la apuesta informativa busca capturar la atención del electorado, entregar los contenidos de forma cercana y lograr una alta recordación.
El frontis del Estadio Nacional, el Faro de La Serena y los palafitos de Chiloé son algunos de los paisajes donde transcurre la campaña. Mediante lugares, personajes tradicionales y elementos que se encuentran en muchos hogares de chilenas y chilenos, las diferentes piezas que componen el relato buscan identificar al electorado y activar su memoria emotiva.
La campaña contará con seis frases informativas emitidas cada día en todas las radios concesionadas del país, a las que se suman spots de televisión, información en radios comunitarias, publicaciones en medios impresos y vía pública. Además, se cuenta con un fuerte componente en línea, considerando avisaje en redes sociales, plataformas y medios digitales. Todas las intervenciones tienen como eje central la importancia del voto informado.
Como en cada elección, los electores y electoras podrán encontrar en la campaña las fechas más relevantes, qué se vota, candidatas y candidatos, cómo votar, datos para quienes necesiten sufragar con voto asistido, multas para quienes no voten, datos prácticos como revisión de mesa, local de votación y diferentes detalles que les permitan tomar una decisión informada. Toda esta información también se encuentra en el minisitio que Servel ha dispuesto para estas elecciones.
Conoce el primer spot de TV aquí y las frases radiales en el sitio web Servel.
Este miércoles 28 de agosto inicia la propaganda electoralLa publicación de la ley que da paso a las Elecciones Regionales y Municipales en dos días, 26 y 27 de octubre, no modifica el inicio de la propaganda, la que se mantiene para este miércoles 28 de agosto, y se extiende hasta el jueves 24 de octubre.
Desde esta fecha se puede realizar propaganda electoral por medio de la prensa, las radioemisoras, por redes sociales, plataformas digitales y por activistas o brigadistas en la vía pública, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la candidatura, o la entrega de material, impreso u otro tipo de objetos informativos.
La ley publicada este lunes, detalla además que los medios de prensa, radioemisoras, redes sociales y plataformas digitales deberán remitir al Servicio Electoral, con la periodicidad que éste determine mediante una instrucción, la identidad y los montos involucrados de todo aquel que contrate propaganda electoral con dichos medios. Publicándose la información en la página web del Servicio.
26 y 27 de octubre: Elecciones Regionales y MunicipalesCon la publicación de la ley N° 21.693 que modifica diversos cuerpos legales perfeccionando el sistema electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2024 ya es oficial: las elecciones se realizarán los días 26 y 27 de octubre próximo.
Esto significa que electores y electoras pueden elegir acudir a las urnas el día sábado 26 o domingo 27. No ambos días.
Entre las principales modificaciones se encuentra el uso de lápiz pasta azul para emitir el sufragio y firmar el padrón de mesa.
Vocales de mesa
Asimismo, la ley contempla ahora como norma permanente que los vocales designados deberán ejercer su labor en dos procesos electorales generales consecutivos, (incluidas las segundas vueltas) sea que se trate de las elecciones presidenciales, parlamentarias, municipales y/o regionales, o de plebiscitos. Por tanto, solo los vocales que ejercieron esta labor en el plebiscito 2023 podrán repetirse nuevamente para la elección de octubre próximo.
El bono para las personas que ejerzan las funciones de vocal de mesa receptora de sufragios de 2/3 de UF ($25.290), se pagará por cada día en que efectivamente ejerzan la función de vocal.
Electores
Las Elecciones del 26 y 27 de octubre tendrán carácter de obligatorias.
Las electoras y electores que no sufraguen serán sancionados con una multa a beneficio municipal de 0,5 unidades tributarias mensuales. ($32.950)
No se aplicará la sanción a quienes, el día de la elección, se encuentren enfermos, ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación, o no hubiesen podido cumplir con su obligación por otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de policía local competente, quien apreciará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.
Ninguna autoridad o empleador podrá exigir servicio o trabajo alguno que impida votar a los electores y en aquellas actividades que deban necesariamente realizarse el día en que se celebrare una elección o plebiscito, los trabajadores podrán ausentarse durante tres horas, a fin de que puedan sufragar o excusarse según corresponda, sin descuento de sus remuneraciones.
Feriado
Será feriado legal solo el domingo 27 de octubre.La restricción señalada en el N° 7 del artículo 38 para los centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica se aplicará solamente el día domingo. Se elimina la ley seca para los días de elección.
Propaganda
Esta se inicia el miércoles 28 de agosto:
Por medio de prensa y radio emisoras y por activistas o brigadistas en la vía pública, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la candidatura o la entrega de material, impreso u otro tipo de objetos informativos.
Igualmente, se detalla que los medios de prensa, radioemisoras, redes sociales y plataformas digitales deberán remitir al Servicio Electoral, con la periodicidad que éste determine mediante una instrucción, la identidad y los montos involucrados de todo aquel que contrate propaganda electoral con dichos medios. Publicándose la información en la página web del Servicio.
Custodia de votos, urnas y útiles electorales
Las urnas electorales que contienen los votos emitidos y las cajas que contienen los útiles electorales y votos no emitidos de la mesa, serán selladas por los vocales de mesas con cintas adhesivas y sellos especiales numerados y serán entregadas al Delegado de la Junta Electoral para su custodia.
El Delegado de la Junta Electoral almacenará las urnas y cajas de útiles electorales que le entreguen dentro de una sala del local de votación, para su custodia durante la noche del 26 al 27 de octubre de 2024, prefiriendo aquellas salas que cuenten con más grado de seguridad y control para su acceso, entre ellos, salas con llave y ventanas que puedan ser cerradas.
El Delegado, previa verificación de que no permanezca ninguna persona en su interior, deberá cerrar la sala de custodia con llave, sellar con cinta adhesiva ventanas y puertas de la sala de custodia y colocar sellos especiales en la zona de su apertura.
Las llaves deberán permanecer en poder del Delegado, o la persona que éste designe, hasta el día siguiente, con la finalidad de abrir la sala de custodia y entregar las urnas y cajas con útiles electorales a los vocales de las mesas de su local.
Las fuerzas encargadas del orden (F.F.A.A. o Carabineros de Chile) deberán permanecer en el exterior de la sala de custodia, controlando e impidiendo el acceso a ella de cualquier persona. También controlarán que ninguna persona, a excepción del Delegado, o la persona que éste designe, los apoderados designados por los partidos y una persona del Servel, permanezcan en el Local de Votación.
El detalle de la ley publicada puede ser revisado acá
Plazo para que medios informen tarifas de propaganda electoral vence el 18 de agostoA las 23:59 del domingo 18 de agosto vence el plazo para que los medios de comunicación que deseen emitir propaganda electoral para las Elecciones de Gobernadoras, Gobernadores Regionales, Consejeras, Consejeros Regionales, Alcaldesas, Alcaldes, Concejalas y Concejales, programadas para octubre de 2024 y eventual segunda votación de Gobernadores Regionales, informen sus tarifas.
El ingreso de tarifarios y adecuaciones correspondientes deberá efectuarse mediante los formularios electrónicos disponibles aquí.
Los medios que hayan informado sus tarifas deberán publicarlas en su sitio web y también se hará en la página del Servicio Electoral. Podrán publicar o emitir la propaganda electoral que contraten libremente, pero no podrán discriminar en el cobro de tarifas entre las distintas candidaturas. La contratación solo podrá ser suscrita por el candidato, el partido político respectivo o los administradores electorales de unos u otros.
El Director responsable de un órgano de prensa o radioemisora que publique o emita propaganda electoral sin haber enviado su informe tarifario al Servel dentro de los plazos indicados, se expone a la aplicación de multas de 10 a 200 UTM, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 136 de la Ley N°18.700. Igual sanción se aplicará a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión.
Para las elecciones de octubre, el plazo para hacer propaganda electoral en medios de prensa y radioemisoras, y espacios públicos y privados, y mediante activistas o brigadistas, comienza el 28 de agosto y culmina el 24 de octubre de 2024.
Publicación de resoluciones de aceptación y rechazo de candidaturas declaradas para las Elecciones Regionales y Municipales 2024Hoy sábado 10 de agosto, el Servicio Electoral publica las resoluciones que consignan la aceptación y rechazo de las candidaturas declaradas hasta las 23:59 horas del lunes 29 de julio de 2024. Este momento marcó el final del plazo de formalización de pactos y declaración de candidaturas para las elecciones de:
Las candidaturas aceptadas serán inscritas en el Registro Especial de Candidaturas en la oportunidad legal correspondiente.
Las reclamaciones e impugnaciones podrán ser presentadas ante los Tribunales Electorales Regionales correspondientes desde el 11 al 15 de agosto.
Revise las resoluciones aquí.
Encuentre las direcciones y contacto de los Tribunales Electorales Regionales aquí.
Estadísticas Candidaturas declaradas
Declaradas | Aprobadas | Rechazadas | Retiradas antes de las resoluciones | |
Gobernadores/as Regionales | 101 | 94 | 5 | 2 |
Consejeros/as Regionales | 2.637 | 2.419 | 202 | 16 |
Alcaldes/as | 1.538 | 1.483 | 49 | 6 |
Concejales/as | 14.389 | 13.193 | 1.174 | 22 |
18.665 | 17.189 | 1.430 | 46 |
Revise el detalle de las candidaturas declaradas aquí.
Servel presentará denuncias ante el Ministerio Público por domicilios electorales presuntamente falsosEl Presidente del Servicio Electoral de Chile, Andrés Tagle, anunció que Servel presentará denuncias ante el Ministerio Público contra 1.844 personas que solicitaron el cambio de sus domicilios electorales hacia las comunas de Putre, General Lagos y Camarones en la región de Arica y Parinacota; y hacia las comunas de Sierra Gorda y Ollagüe, en la región de Antofagasta. Estas solicitudes corresponden a domicilios que presentan irregularidades, tales como indicar una localidad en la que solo existen caseríos, calles sin numeración cuando la calle sí tiene numeración, numeración inexistente, o domicilios sin una cantidad de personas justificable.
Las solicitudes de cambio de domicilio que Servel no procesó, dejándolas sin efecto y que serán denunciadas ante el Ministerio Público, son las siguientes:
Por ejemplo, en Putre existen 95 solicitudes de cambios de domicilio electoral a una dirección sin número, siendo que la calle sí tiene numeración (Riquelme sin número) y 26 hacia una dirección que corresponde a un negocio de abarrotes (en calle Baquedano). Por otro lado, en Camarones hay 251 hacia Avanzada de Cuya sin número, que es una calle de 50 metros con 40 casas habitación, con domicilios anteriores precisos y ubicables de manera exacta en un mapa.
Andrés Tagle explicó que “en el caso de Sierra Gorda es llamativo por tratarse de una reiteración persistente. Ya en 2008 estos casos llevaron a anular las elecciones municipales. Y en 2016, el Servel detectó más de 2 mil casos de cambios de domicilio hacia esa comuna, lo que prácticamente hizo duplicar el padrón electoral de Sierra Gorda. Ello motivó la presentación de una querella y la posterior formalización de los casos por parte de la Fiscalía”.
El artículo 54 de la ley 18.556 indica que sufrirá la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de diez a cien unidades tributarias mensuales (entre $659.000 y $6.590.000 aproximadamente) quien, al declarar o actualizar domicilio electoral, proporcione datos falsos o un domicilio electoral diferente de los permitidos en el artículo 10 de la misma ley. Es decir, quien no tenga un vínculo objetivo ya sea porque no reside, estudia o se desempeña laboralmente en el lugar.