Se publican vocales reemplazantes para Plebiscito Constitucional
Desde este 20 de agosto será posible conocer si se fue designado por las Juntas Electorales como vocal en reemplazo de aquellas personas cuyas excusas fueron acogidas.
Cumplido el plazo, el 18 de agosto, para que los vocales designados presentaran sus excusas, las Juntas Electorales nombraron a sus reemplazantes.
Cada elector puede revisar sus datos en la página web de Servel, sección Consulta de Datos, o ingresando directamente aquí
Quienes fueron designados vocales reemplazantes en esta última instancia no podrán excusarse. La ley indica que, si no pueden cumplir con la obligación de vocal de mesa, deberán justificar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local cuando sean notificados posterior a la elección, con los documentos que acrediten su situación.
Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, artículo 151 de la Ley Nº 18.700 (de $ 117.544 a $ 470.176 aproximadamente)
NOTICIAS RECIENTES
-
Modificación a la ley electoral digitaliza notificación a vocales de mesa y miembros de colegio escrutador
octubre 23, 2025
-
Servel participa en encuentro sobre Integridad Electoral organizado en Colombia por IDEA Internacional
-
Dirección Regional de Coquimbo y Colegio Caleta San Pedro realizan elección de Centro de Alumnos
octubre 22, 2025
-
Presidenta de Servel y autoridades de Gobierno participan en lanzamiento de Chile Vota Informado
-
Escrutinio en Chile: un proceso público, transparente y verificable
octubre 21, 2025
