Espacios públicos para propaganda del Plebiscito
El Servicio Electoral dio a conocer el listado de 2.915 espacios públicos autorizados a lo largo del país para instalar propaganda electoral.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, el Servicio Electoral seleccionará y regulará mediante instrucciones la distribución de los espacios públicos autorizados entre las distintas opciones.
Se trata de plazas, parques y otros espacios donde se podrá realizar propaganda mediante carteles, afiches o letreros, cuyas dimensiones no superen los 2 metros cuadrados.
Asimismo, está prohibida la instalación de propaganda en bienes de propiedad privada destinados a servicios públicos, como postes de alumbrado, paradas de transporte, entre otros, como también los rayados en muros.
Estos espacios podrán ser utilizados con la finalidad de propaganda política para las distintas opciones frente al Plebiscito Nacional entre el 26 de febrero y el 23 de abril de 2020.
Si quiere conocer los espacios públicos habilitados para propaganda visite el siguiente enlace: https://www.servel.cl/espacios-publicos-para-propaganda-electoral-plebiscito-nacional/
NOTICIAS RECIENTES
-
Servel determinó el número de Consejeros Regionales y Concejales para las elecciones de octubre de 2024
marzo 28, 2024
-
Servel habilita Sistema de Informe de Tarifas para medios que deseen emitir propaganda electoral en las eventuales elecciones Primarias 2024
-
Servicio Electoral se reúne con gremios del comercio para abordar propuesta de elecciones en dos días
marzo 22, 2024
-
Servel propuso al ejecutivo legislar sobre elección municipal de octubre en dos días
-
Servel destaca en confianza de la ciudadanía según un estudio de la Universidad Adolfo Ibáñez
marzo 21, 2024