Se publican vocales reemplazantes para Plebiscito Constitucional
Desde este 20 de agosto será posible conocer si se fue designado por las Juntas Electorales como vocal en reemplazo de aquellas personas cuyas excusas fueron acogidas.
Cumplido el plazo, el 18 de agosto, para que los vocales designados presentaran sus excusas, las Juntas Electorales nombraron a sus reemplazantes.
Cada elector puede revisar sus datos en la página web de Servel, sección Consulta de Datos, o ingresando directamente aquí
Quienes fueron designados vocales reemplazantes en esta última instancia no podrán excusarse. La ley indica que, si no pueden cumplir con la obligación de vocal de mesa, deberán justificar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local cuando sean notificados posterior a la elección, con los documentos que acrediten su situación.
Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, artículo 151 de la Ley Nº 18.700 (de $ 117.544 a $ 470.176 aproximadamente)
NOTICIAS RECIENTES
-
Servel fue reconocido por el desarrollo y empleo de soluciones GIS para el cumplimiento de sus funciones estratégicas
julio 2, 2025
-
Jorge Manzano inicia su periodo como nuevo consejero de Servel
julio 1, 2025
-
Servel destaca rol de vocales de mesa en Elecciones Primarias y entrega balance final del proceso
junio 30, 2025
-
Boletín informativo sobre resultados preliminares de Primarias Presidenciales
junio 29, 2025
-
98,51% de mesas instaladas para Elecciones Primarias Presidenciales