¿Qué son las elecciones primarias?

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Ene 2024

Las elecciones primarias son un sistema que le permite a los partidos políticos la nominación de candidatos a cargos de elección popular y cuyos resultados serán vinculantes para estas colectividades.

Esta elección se realizará siempre y cuando algún partido político o pacto electoral de partidos políticos, haya declarado candidaturas a primarias para la nominación de candidatos a los cargos, siendo para los electores un sufragio de carácter voluntario.

Los partidos políticos podrán participar de ellas cuando así lo determinen sus organismos internos, en conformidad a sus estatutos y a las disposiciones de la ley N° 20.640, en cargos de Presidente de la República, Senador, Diputado, Gobernador Regional y Alcalde. Pueden realizarlo individualmente o en conjunto con otros partidos y candidatos independientes conformando un pacto electoral, para nominar un candidato para cada cargo en el territorio electoral correspondiente.

Las eventuales elecciones primarias para la nominación de candidatos a Alcaldes y Gobernadores Regionales 2024 deberá realizarse el vigésimo domingo anterior a la fecha de las elecciones municipales y regionales. Para este año el próximo 9 de junio.

¿Quién decide si un partido va a primarias?
El órgano intermedio colegiado de cada partido político adopta la decisión de participar en elecciones primarias para la nominación de candidatos.

¿Qué plazo hay para inscribir candidatos a primarias?
Las declaraciones de candidaturas sólo podrán realizarse hasta las veinticuatro horas del sexagésimo día anterior a aquél en que deba realizarse la elección primaria, para el 9 de junio ese plazo vence el 10 de abril.

¿Los independientes pueden participar como candidatos en primarias?
Sí, pero sólo si son nominados por partidos políticos o integran pactos electorales.

¿Quiénes pueden votar en las primarias?
Cada partido político o pacto electoral que participe en las elecciones primarias deberá presentar al Servel qué sistema de participación elegirá. Hay cinco opciones:

  • Participan sólo los afiliados al partido habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso que el partido participe en forma individual.
  • Intervienen sólo los afiliados al partido, e independientes sin afiliación política, habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso que el partido participe en forma individual.
  • Pueden votar sólo los afiliados a los partidos integrantes del pacto habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso de un pacto electoral.
  • Sólo pueden votar los afiliados a los partidos integrantes del pacto e independientes sin afiliación política habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso de un pacto electoral.
  • Todos los electores habilitados para sufragar.

¿Quién califica las elecciones primarias?
En el caso de las elecciones primarias para la nominación de candidatos a los cargos de Alcaldes y Gobernadores, dicha proclamación corresponderá al Tribunal Electoral Regional (TER) respectivo en el caso de Alcaldes y al Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) para Gobernadores. 

¿Cómo son los votos de las primarias?
Cada elector recibirá sólo el o los votos de la elección en la que esté habilitado para votar. Si el elector puede votar para un cargo determinado en más de una primaria recibirá una sola cédula que contendrá a todos los candidatos a ese cargo de las primarias en las que puede sufragar.

¿Puedo ser designado vocal de mesa para las elecciones primarias?
Sí. Los vocales de mesa son designados por las Juntas Electorales entre las mismas personas que venían ejerciendo esa función desde la anterior elección, puesto que la designación se extiende por cuatro años.

¿Cómo sabré si soy vocal de mesa?
Las nóminas de los designados para ser vocales de mesa serán publicadas en diarios 22 días antes de la elección y también se dará a conocer la designación en el sitio web de Servel, a través de la consulta de datos electorales. Para las eventuales primarias del 9 de junio, la nómina de vocales se conocerá el 18 de mayo. Desde el 20 de mayo y por 3 días se extiende el plazo para presentar excusas ante las Juntas Electorales y el 25 de mayo se publica la nómina de vocales reemplazantes.