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Servicio Electoral
de Chile

Dando cumplimiento a lo señalado en la ley 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control de Gasto Electoral, el Servicio Electoral publicó los ingresos y gastos de los partidos políticos que participaron en el Plebiscito Constitucional 2023

El pasado martes 30 de enero venció el plazo para que los administradores generales de los partidos políticos presentaran ante el Servicio Electoral las cuentas de ingresos y gastos electorales. Según señala la normativa, dentro de los quince días siguientes el Director del Servicio Electoral deberá publicarlas en la web.

Las cuentas de ingresos y gastos electorales presentadas están siendo revisadas para verificar el cumplimiento de las normas electorales pudiéndose solicitar aclaraciones, antecedentes o correcciones si así se estima, para que el Director del Servicio Electoral pueda pronunciarse resolviendo su aprobación o rechazo en un plazo que vence el jueves 9 de mayo próximo.

Podrá encontrar la declaración de ingresos y gastos electorales acá.

¿Qué son las elecciones primarias?

Las elecciones primarias son un sistema que le permite a los partidos políticos la nominación de candidatos a cargos de elección popular y cuyos resultados serán vinculantes para estas colectividades.

Esta elección se realizará siempre y cuando algún partido político o pacto electoral de partidos políticos, haya declarado candidaturas a primarias para la nominación de candidatos a los cargos, siendo para los electores un sufragio de carácter voluntario.

Los partidos políticos podrán participar de ellas cuando así lo determinen sus organismos internos, en conformidad a sus estatutos y a las disposiciones de la ley N° 20.640, en cargos de Presidente de la República, Senador, Diputado, Gobernador Regional y Alcalde. Pueden realizarlo individualmente o en conjunto con otros partidos y candidatos independientes conformando un pacto electoral, para nominar un candidato para cada cargo en el territorio electoral correspondiente.

Las eventuales elecciones primarias para la nominación de candidatos a Alcaldes y Gobernadores Regionales 2024 deberá realizarse el vigésimo domingo anterior a la fecha de las elecciones municipales y regionales. Para este año el próximo 9 de junio.

¿Quién decide si un partido va a primarias?
El órgano intermedio colegiado de cada partido político adopta la decisión de participar en elecciones primarias para la nominación de candidatos.

¿Qué plazo hay para inscribir candidatos a primarias?
Las declaraciones de candidaturas sólo podrán realizarse hasta las veinticuatro horas del sexagésimo día anterior a aquél en que deba realizarse la elección primaria, para el 9 de junio ese plazo vence el 10 de abril.

¿Los independientes pueden participar como candidatos en primarias?
Sí, pero sólo si son nominados por partidos políticos o integran pactos electorales.

¿Quiénes pueden votar en las primarias?
Cada partido político o pacto electoral que participe en las elecciones primarias deberá presentar al Servel qué sistema de participación elegirá. Hay cinco opciones:

¿Quién califica las elecciones primarias?
En el caso de las elecciones primarias para la nominación de candidatos a los cargos de Alcaldes y Gobernadores, dicha proclamación corresponderá al Tribunal Electoral Regional (TER) respectivo en el caso de Alcaldes y al Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) para Gobernadores. 

¿Cómo son los votos de las primarias?
Cada elector recibirá sólo el o los votos de la elección en la que esté habilitado para votar. Si el elector puede votar para un cargo determinado en más de una primaria recibirá una sola cédula que contendrá a todos los candidatos a ese cargo de las primarias en las que puede sufragar.

¿Puedo ser designado vocal de mesa para las elecciones primarias?
Sí. Los vocales de mesa son designados por las Juntas Electorales entre las mismas personas que venían ejerciendo esa función desde la anterior elección, puesto que la designación se extiende por cuatro años.

¿Cómo sabré si soy vocal de mesa?
Las nóminas de los designados para ser vocales de mesa serán publicadas en diarios 22 días antes de la elección y también se dará a conocer la designación en el sitio web de Servel, a través de la consulta de datos electorales. Para las eventuales primarias del 9 de junio, la nómina de vocales se conocerá el 18 de mayo. Desde el 20 de mayo y por 3 días se extiende el plazo para presentar excusas ante las Juntas Electorales y el 25 de mayo se publica la nómina de vocales reemplazantes.

Domicilio electoral: sanciones por declarar un domicilio falso o sin vínculo

El domicilio electoral es aquel registrado ante el Servicio Electoral por un elector o electora, que no necesariamente puede coincidir con su lugar de residencia. La ley es explícita al establecer que debe ser un lugar con el que el elector tiene un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él. No se puede declarar como domicilio electoral, por ejemplo, la oficina o sede de un candidato o partido político, salvo que quienes lo declaren tengan una relación de trabajador dependiente con dicho partido o candidato.

La ley indica que, con motivo de la inscripción automática en el Registro Electoral, el domicilio electoral debe ser el último declarado ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, o en el caso de extranjeros, el registrado ante el Servicio Nacional de Migraciones en el cumplimiento del requisito de avecindamiento, según corresponda.

Sanciones por declarar un domicilio electoral falso o con el que no se tenga un vínculo

La ley establece penas de reclusión menor en su grado mínimo y multa de diez a cien unidades tributarias mensuales al elector que, al declarar o actualizar domicilio electoral o la acreditación del avecindamiento, proporcione datos falsos o un domicilio electoral diferente de los permitidos.

Igualmente, establece pena de presidio menor en su grado medio, multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales y la inhabilitación absoluta y perpetua para el desempeño de cargos y oficios públicos, al que incite, promueva, solicite u organice a los electores, a modificar su domicilio electoral, declarando uno nuevo con datos falsos o diferentes de los permitidos.

El Servicio Electoral ha denunciado en el pasado situaciones anormales de cambio de domicilios: en 2016 detectó dos casos en que el porcentaje de cambios de domicilios superaron el 60%, querellándose por 673 situaciones ocurridas en la comuna en Sierra Gorda y 653 en la de Colchane, y como Institución está siempre atenta a efectuar las denuncias correspondientes, cuando se cuenten con antecedentes y fundamentos serios.

¿Cómo modificar o actualizar el domicilio electoral?

El Registro Electoral se reabre el primer día del mes siguiente a una elección o plebiscito y se cierra 140 días antes del siguiente proceso electoral, es así como desde el 1 de enero y hasta el 8 de junio de 2024, se puede solicitar el cambio de domicilio electoral.

Es importante que todo elector y electora revise su domicilio electoral, poniendo especial cuidado en que los datos que hayan ingresado anteriormente y figuren en el Registro Electoral estén correctos, sin abreviaturas y escritos de forma completa. Si no se cumple con alguna de estas condiciones, o bien si desea modificar la dirección antes registrada, deberá ingresar una solicitud de cambio de domicilio electoral cuya aceptación se verá reflejada en la Consulta de Datos Electorales luego de 20 a 25 días hábiles. 

Se puede solicitar el cambio de domicilio electoral ingresando al sitio servel.cl con su Clave Única, o bien de forma presencial, con su cédula de identidad, en las Direcciones Regionales de Servel, en las oficinas de ChileAtiende, en consulados de Chile en el exterior y ante el Registro Civil (al solicitar cédula de identidad puede indicar la actualización del domicilio electoral).

Elecciones 2024: Conoce las fechas relevantes

Este 2024 el calendario de elecciones fija una elección general, para el mes de octubre, y dos eventuales procesos electorales: primarias en junio y segunda votación en noviembre. Estas elecciones, al ser de carácter local, contarán con voto únicamente en el territorio nacional.

9 de junio: Eventuales primarias de Gobernadores y Alcaldes, con voto voluntario

La ley N° 20.640, establece un sistema de elecciones primarias que podrá ser utilizado por los partidos políticos para la nominación de candidatos a cargos de elección popular, cuyos resultados serán vinculantes para estas colectividades, en este caso para Gobernadores Regionales y Alcaldes.

Esta elección regirá siempre y cuando algún partido político o pacto electoral de partidos políticos, haya declarado candidaturas para las elecciones primarias para la nominación de candidatos a los cargos, siendo para los electores un sufragio de carácter voluntario.

Último día para divulgar resultados de encuestas de opinión.

27 de octubre: Elección General de Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales, con voto obligatorio

De acuerdo con la ley 21.524 se trata de una elección con voto obligatorio. Asimismo, el Registro Electoral cierra el 8 de junio, día que finaliza el plazo para solicitar cambio de domicilio electoral.

El periodo de propaganda se extiende desde el sexagésimo hasta el tercer día anterior al de la elección, mientras que la nómina de vocales de mesa será publicada por las Juntas Electorales 22 días antes de la elección.

24 de noviembre: Eventual Segunda Votación de Gobernadores regionales, con voto obligatorio

Si ninguno de los candidatos a gobernador regional obtiene la mayoría señalada por ley en la elección de octubre, se procederá a una segunda votación entre los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios.

Gobernadores Regionales y sus funciones 

El 27 de octubre de 2024 en todo Chile se elegirán a los Gobernadores Regionales, junto con los Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales. Los Gobernadores Regionales presiden el órgano ejecutivo del gobierno regional en el cual reside la administración superior de cada una de las 16 regiones en que se divide Chile. 

En el caso del Gobernador Regional, resulta electo el candidato que logre la mayoría de los votos válidamente emitidos. Esa mayoría debe ser al menos de un 40% de los sufragios válidamente emitidos. Si hay más de dos candidatos y ninguno logra el 40% de los votos válidamente emitidos, hay una segunda votación entre los dos más votados, que eventualmente se llevaría a cabo el 24 de noviembre de 2024. 

El Gobernador Regional dura cuatro años en el ejercicio de sus funciones y puede ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente. 

Funciones del Gobernador Regional 
 

¿Cuáles son los requisitos para ser candidato a Gobernador Regional? 
 

  1. Ser ciudadano con derecho a sufragio. 
  1. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos. 
  1. No tener la calidad de persona deudora sujeta a un procedimiento concursal de liquidación en virtud de ley N° 20.720, de reorganización y liquidación de empresas y personas, ni de condenada por crimen o simple delito. 
  1. Haber cursado la enseñanza media o su equivalente. 
  1. Residir en la región respectiva, a lo menos dos años antes de la elección. 
  1. No estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece la ley. 
  1. No puede ser gobernador regional quien tenga dependencia de drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, salvo justificación médica. 

Puedes conocer más sobre las inhabilidades para el cargo aquí 

¿Quiénes pueden declarar candidaturas a Gobernador Regional? 

Un partido político, un pacto de partidos, un pacto entre un partido político e independientes, un pacto de partidos e independientes, y por independientes. 
Las candidaturas a Gobernador Regional independiente, deberán ser patrocinadas por un número no inferior al 0.5% de los electores que hayan sufragado en la votación popular más reciente en la región respectiva. 

Solicitud de cambio de domicilio electoral en terreno

Hasta el 8 de junio se puede solicitar el cambio de domicilio electoral, es así como las Direcciones Regionales del Servicio Electoral con el fin de acercar el trámite al electorado han iniciado una serie de salidas a terreno.

El trámite se puede realizar también ingresando acá con Clave Única, o bien de forma presencial, con su cédula de identidad, en las Direcciones Regionales de Servel, en las oficinas de ChileAtiende, en consulados de Chile en el exterior y ante el Registro Civil (al solicitar cédula de identidad puede indicar la actualización del domicilio electoral).

Conozca la calendarización de salidas a terreno de enero:

Región de Antofagasta

FechaCiudad/ComunaLugar/DirecciónHorario
24 de eneroAntofagastaStand Servel, Mall Plaza Antofagasta
Av. Balmaceda 2355, Antofagasta
10:30 a 13:30

Región Metropolitana

FechaCiudad/ComunaLugar/DirecciónHorario
17 de enero Lo EspejoCancha Villa Las Dunas.
Av. Clotario Blest #2750
9:00 a 13:30
23 de enero PudahuelCorona Sueca #92409:00 a 13:30
24 de enero HuechurabaCalle Pablo Neruda, entre Jacarandá y Jorge Inostroza Norte9:00 a 13:30
25 de enero San Joaquín Placer con Sierra Bella9:00 a 13:30

Los Ríos

FechaCiudad/ComunaLugar/DirecciónHorario
16 de enero ValdiviaCesfam Jorge Sabat
Av. Ramón Picarte 2500
9:00 a 13:00
17 de eneroCesfam Las Ánimas
Sedeño 250, Las Ánimas
18 de eneroCesfam Angachilla
Santa Martina 3821
23 de eneroCesfam Jorge Sabat
Av. Ramón Picarte 2500
24 de eneroCesfam Las Ánimas
Sedeño 250, Las Ánimas
25 de eneroCesfam Angachilla
Santa Martina 3821
30 de enerosCesfam Jorge Sabat
Av. Ramón Picarte 2500
31 de eneroCesfam Las Ánimas
Sedeño 250, Las Ánimas

Desde el 1 de enero se podrá solicitar el cambio de domicilio electoral

El Servicio Electoral llama a todos los electores y electoras a revisar su domicilio electoral, poniendo especial cuidado en que los datos que hayan ingresado anteriormente y figuren en el Registro Electoral estén correctos, sin abreviaturas y escritos de forma completa. Si no se cumple con alguna de estas condiciones, o bien si el elector o electora desea cambiar la dirección antes registrada, deberá ingresar una solicitud de cambio de domicilio electoral desde el 1 de enero de 2024.

La ley estipula que el Registro Electoral se reabre el primer día del mes siguiente de una elección o plebiscito, por lo que a partir del lunes 1 de enero los electores podrán solicitar el cambio de domicilio electoral ingresando al sitio servel.cl con su Clave Única, o bien de forma presencial, con su cédula de identidad a partir del 2 de enero, en las Direcciones Regionales de Servel, en las oficinas de ChileAtiende, en consulados de Chile en el exterior y ante el Registro Civil (al solicitar cédula de identidad puede indicar la actualización del domicilio electoral).

El plazo vence el 8 de junio, ya que la ley indica que el Registro Electoral debe suspender sus modificaciones 140 días antes de un plebiscito o elección.

¿Qué es el domicilio electoral? 

El domicilio electoral es el registrado en Servel, con el cual el elector o electora tiene un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él. En el caso de los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren en el extranjero, el domicilio electoral es aquel situado fuera de Chile, declarado como tal por el elector. 

¿Por qué es importante mantener el domicilio electoral actualizado? 

Los locales de votación son asignados según la ubicación geográfica de los domicilios electorales. Los electores y electoras deben mantener su domicilio electoral actualizado y con un correcto ingreso de los datos (nombre de la calle, avenida o pasaje, además de la numeración y comuna bien escrita), ya que en base a esa información el Servicio Electoral, en los diferentes procesos eleccionarios o plebiscitos, puede procurar asignar un local de votación más cercano a cada elector. 

¿Qué pasa si se declara un domicilio electoral con el que no se tiene un vínculo? 

Quien proporcione datos falsos o un domicilio electoral con el que no tenga un vínculo objetivo, o el que, al momento de solicitar cambio de domicilio electoral o la acreditación del avecindamiento, suplante a otra persona, arriesga una pena de reclusión menor en su grado mínimo y una multa de diez a cien unidades tributarias mensuales (artículo 54, ley 18.556 Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral).

Solicitud de incorporación al Registro Electoral para chilenos nacidos en el extranjero 

El periodo para la solicitud de cambio de domicilio electoral también rige para la incorporación al Registro Electoral de chilenos nacidos en el extranjero que cumplan con el requisito de avecindamiento. El resultado del trámite será informado al interesado, junto con su domicilio electoral, mediante correo electrónico y en el caso de no tener, por carta certificada enviada a su domicilio. 

IMPORTANTE: Al tratarse de un trámite de solicitud, la aceptación se verá reflejada en la Consulta de Datos Electorales luego de 20 a 25 días hábiles. Los cambios de domicilio solicitados al renovar cédula de identidad son informados a Servel al momento del retiro de la cédula por parte del elector. 

Boletín final sobre resultados preliminares del Plebiscito Constitucional 2023

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 185 de la Ley N 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, Servel entregó el boletín final de resultados preliminares del Plebiscito Constitucional 2023. 

Sobre un universo total de 39.716 mesas de sufragios escrutadas, que equivalen al 99.97% de las mesas totales, los resultados preliminares son los siguientes: 

Opción Votos Porcentaje 
A favor 5.470.025 44.24% 
En contra 6.894.287 55.76% 
Votos  Cantidad 
Nulos 480.730 
Blancos 169.921 
Total votos 13.014.963 

El detalle del resultado del Plebiscito, desagregado hasta el nivel de mesas receptoras de sufragios, queda a disposición de la ciudadanía, los medios de comunicación y de los partidos políticos en el sitio de internet www.servel.cl.

El presidente del Consejo Directivo del Servel, Andrés Tagle junto al Director Nacional, Raúl García, detalló que este domingo se tuvo un Plebiscito Constitucional sin grandes contratiempos, salvo las 9 mesas que no funcionaron. No se pudieron instalar cinco mesas receptoras de sufragios en el extranjero, correspondientes a Hong Kong, con 95 electores; Jakarta, con 47 electores; Hanoi, con 30; Rabat con 10; y Kingston, con 16.  

Por otra parte, en Isla de Pascua no se pudieron instalar cuatro mesas. De 6.577 electores, votaron 3.378, es decir el 51%. La mitad de las personas que no sufragaron, 1.600, fue porque sus mesas no se instalaron. La otra mitad fueron personas que, estando instaladas sus mesas, no acudieron a votar.  

De las mesas instaladas hay 12 que no se han escrutado por no haber recibido el Servicio Electoral el acta que corresponde. “Queremos señalar que nuestros resultados preliminares son informativos y no constituyen escrutinio legal para efecto alguno”, afirmó.  

A partir de las dos de la tarde de este lunes 18 de diciembre funcionarán los 417 Colegios Escrutadores donde, a partir de los resultados preliminares corregirán las diferencias a partir de las actas que los reciben.  

Posteriormente corresponderá al Tribunal Calificador de Elecciones determinar el escrutinio final y proclamar la opción ganadora.  

Igualmente, el Presidente de Servel, destacó la alta participación electoral “Ayer tuvimos un Plebiscito Constitucional que convocó a 13.014.963 de personas en Chile y en el exterior, lo que es equivalente a un 84,48% del total de personas habilitadas para sufragar. Esta cifra constituye la segunda mejor participación con voto obligatorio”.   

En relación a las constancias ante Carabineros por estar a más de 200 km de distancia del domicilio electoral, si bien son más de 300 mil, son inferiores a las de elecciones anteriores. “En el Servel consideramos que esto no corresponde a personas que se encuentran circunstancialmente apartados de su domicilio. Básicamente son personas que no han actualizado su domicilio electoral anterior, que estaba en otra ciudad. Los convocamos a hacerlo. Es un trámite muy fácil que puede realizarse a partir del 1 de enero en el sitio web de Servel, con Clave Única, o en las Direcciones Regionales de Servel, oficinas de ChileAtiende y en el Registro Civil, al renovar sus documentos de identidad” puntualizó.  

Por último, Andrés Tagle agradeció la excelente labor de la División de Registro Electoral que supo mejorar la aplicación de la georreferenciación y, de esta forma, asignar locales de votación aún más cercanos a los domicilios electorales de las personas. También a la División de Procesos Electorales por la excelente organización del proceso de ayer. Y a la División de Tecnologías de la Información por haber desarrollado, en forma exitosa, un nuevo sistema del despliegue de los resultados preliminares, lo que nos permitió dejar de depender de proveedores externos en este aspecto.  

“Es necesario destacar que a las 19:30 hrs entregamos el escrutinio del 54% de las mesas y cerca de las 20 horas, el 96%.  Mis agradecimientos a los vocales de mesa, a los delegados, a las Juntas Electorales, a las Fuerzas Armadas, Carabineros, Policía de Investigaciones, por su participación en el desarrollo del acto electoral de ayer. También a la colaboración de municipalidades y el ministerio de Transportes. Y, por supuesto, a los medios de comunicación. Para finalizar, una vez más quiero agradecer, a través de la persona del Director Nacional, Raúl García, aquí presente, por el excelente despliegue de todos los funcionarios del Servicio Electoral que, desde sus distintas labores, fueron parte esencial del éxito de este proceso” finalizó.  

Boletín informativo sobre resultados parciales del Plebiscito Constitucional

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 185 de la Ley 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, el Presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle, entregó a las 20:30 horas el boletín de resultados preliminares del Plebiscito Constitucional 2023. 

Se informó que, sobre un universo total de 39.176 mesas de sufragios escrutadas, que equivalen al 98.61% de las mesas totales, los resultados preliminares son los siguientes: 

Opción Votos Porcentaje 
A favor 5.405.055 votos 44.25% 
En contra 6.810.716 votos 55.75% 
Votos  Cantidad 
Nulos 474.833 votos 
Blancos 167.861 votos 
Total 12.858.465 votos 

El detalle del resultado del Plebiscito Constitucional 2023, desagregado hasta el nivel de mesas receptoras de sufragios, queda a disposición de la ciudadana, los medios de comunicación y de los partidos políticos en el sitio de internet www.servel.cl 

Servel informa un 99,8% de las mesas instaladas a nivel nacional 

A las 10:45 de la mañana, Servel dio a conocer, según lo dispuesto en el artículo 185 de la Ley 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, el primer boletín informativo sobre el proceso de instalación de las mesas receptoras de sufragios, correspondiente al Plebiscito Constitucional 2023. 

En Chile, sobre un universo de 39.390 mesas receptoras de sufragios determinadas para estas votaciones, se encuentran instaladas un total de 39.313, equivalentes al 99,80 por ciento. 

En el extranjero, sobre un universo de 347 mesas receptoras de sufragios determinadas para estas votaciones, se encuentran instaladas un total de 231, equivalente al 66,57%por ciento. 

El Presidente del Consejo Directivo del Servel, Andrés Tagle, reiteró algunos datos útiles para el electorado: 

Las mesas receptoras de sufragios funcionarán en horario continuado hasta las 18:00 horas y siempre que no haya electores esperando para votar. 

“El Servicio Electoral recuerda al electorado que debe marcar solo una preferencia en cada cédula electoral que le entrega la mesa receptora. En caso de marcar más de una el voto será considerado nulo”, señaló Tagle. 

Los electores pueden revisar si están habilitados para sufragar, si han sido designados vocales de mesa o miembros de Colegio Escrutador y la ubicación de su local de votación, en consulta.servel.cl o llamando al teléfono 600 6000 166 y en el extranjero al +56 229153265. 

Los electores deben concurrir con su cédula de identidad o pasaporte, que pueden estar vencidos desde el 1 de enero del 2020 y con un lápiz de pasta azul. Si no poseen los vocales le entregarán uno.  

Finalmente, el Presidente del Consejo Directivo de Servel informó que no se pudieron instalar en el exterior, porque no llegaron ni vocales ni electores, las mesas de Hanói, en Vietnam, Jakarta en Indonesia, Honk Kong en China y Rabat en Marruecos.