Incorporación al Registro Electoral


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Descripción

En el caso de los extranjeros, la solicitud de inscripción en el Registro Electoral será derivada al Servicio Nacional de Migraciones, con el objeto de verificar el cumplimiento del requisito legal de avecindamiento de diez años en Chile, conforme a la normativa vigente.

Para los chilenos nacidos en el extranjero, los antecedentes serán remitidos a la Policía de Investigaciones de Chile (PDI), a fin de que informe sobre el cumplimiento del requisito de avecindamiento de un año en el país.

El resultado de este trámite dependerá del pronunciamiento de la institución competente, según corresponda.

En caso de ser incorporado al Registro Electoral, el solicitante será notificado mediante carta certificada enviada al domicilio electoral indicado en su solicitud. La notificación se realizará únicamente en los años en que se desarrollen procesos electorales.

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Vigencia

Quienes realizaron el trámite de solicitud durante el período en que el Registro Electoral se encontraba cerrado y obtuvieron una respuesta positiva por parte de la institución correspondiente, serán incorporados al Registro Electoral una vez procesadas las solicitudes, conforme a la normativa vigente.

A contar del 1 de enero de 2026, el Registro Electoral se encuentra abierto, por lo que las solicitudes de inscripción en el Registro Electoral que se presenten a partir de esta fecha serán procesadas y reflejadas en el padrón electoral correspondiente al proceso electoral del año 2028.

 

Detalle


Presencial:


En las direcciones regionales del Servicio Electoral en Chile (revisa los datos de contacto).


Virtual:


Para solicitar la incorporación con Clave Única ingresa aquí y al finalizar el trámite, podrás descargar el comprobante en PDF, el que también recibirán en el correo electrónico que se haya indicado en el formulario.