Servel advierte que se requiere una modificación legal para que personas privadas de libertad puedan votar en mesas especiales
Tras revisar los casos presentados por el INDH, el Servicio constató que un 91% se encuentran habilitados para votar en las elecciones del 19 de noviembre, los que deberán concurrir a las mesas y locales determinados de acuerdo a su domicilio electoral vigente.
El 9 de agosto pasado, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) anunció que recurriría a tribunales para que las personas privadas de libertad puedan ejercer su derecho a sufragio. Hasta este viernes 18 de agosto, el Servicio Electoral (Servel) había sido notificado de nueve recursos de protección, en misma cantidad de regiones del país, los que involucran a 210 reos.
En este contexto, el director del Servicio Electoral, Raúl García Aspillaga, destacó que uno de los principios con que trabaja la Institución día a día es que todos los ciudadanos habilitados para votar puedan ejercer su derecho, conforme a la legislación vigente. Asimismo, sostuvo que el Servicio tiene presente la situación que afecta a las personas privadas de libertad. “Existe la mayor voluntad para encontrar una solución permanente, pero esta pasa necesariamente por una modificación legal”, señaló.
De acuerdo al artículo 12 de la Ley 18.556 Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, cada elector solo podrá ser asignado a una Mesa Receptora de Sufragios y no podrá ser cambiado de ella mientras mantenga su domicilio electoral vigente en dicha circunscripción electoral.
Según explicó el Director, el Servicio está imposibilitado legalmente para establecer mesas especiales al interior de los recintos penitenciarios u otros mecanismos distintos a los ya consignados en la normativa, para que los electores puedan sufragar, sea porque están privados de libertad o porque tienen otros impedimentos para concurrir a su mesa o local de votación el día de la elección.
No obstante, el Servicio Electoral revisó la situación de las personas aludidas en los casos presentados por el INDH y constató que a nivel nacional un 91% se encuentran efectivamente habilitadas para sufragar e incluidas en el padrón de las elecciones del 19 de noviembre, en la mesa y local de votación de la circunscripción que le corresponde a su domicilio electoral vigente, cuyos datos podrán consultar desde el 28 de octubre en https://consulta.servel.cl/, al igual que los demás electores.
Adicionalmente, se proporcionará de manera oportuna la información pertinente para que tanto el tribunal respectivo autorice el traslado de estas personas a sus locales y mesas de votación, como para que Gendarmería de Chile disponga las medidas necesarias para ello.
Respecto a dichos recursos y por tratarse de una situación que excede las facultades del Servicio, el Consejo de Defensa del Estado asumirá su representación en cada una de las causas.
Finalmente, y dado que no se ha innovado en la normativa vigente, el Servel reitera su disposición a acoger el sufragio de todos los electores y, por cierto, de aquellos que están privados de libertad, en las mesas y locales que le corresponden de acuerdo a su domicilio electoral.
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