Experiencia de Servel fue destacada por Transparencia Internacional en materia de fiscalización del financiamiento político  

Publicado en: Noticias |
28
May 2026

“Gestión eficaz de las finanzas políticas: Prevención de la corrupción con la Resolución 11/7 del Consejo de Seguridad de la Organización Naciones Unidas”, es el documento publicado por Transparencia Internacional y definido como el consenso de mayor alcance a nivel mundial para prevenir y combatir la corrupción facilitada por el dinero en las elecciones y la política. 

La publicación contempla la colaboración de más de 20 expertos de todas las regiones, destacando ejemplos de buenas prácticas que muestran la implementación de herramientas en países que trabajan para fortalecer sus sistemas de financiación política.  

Previo a la publicación de este documento, la experiencia chilena en la materia, fue expuesta por los Subdirectores de Servel, Roberto Salim-Hanna y Guillermo González, quienes participaron , telemáticamente, en “10a Conferencia de Estados Partes de la Convención ONU contra la Corrupción” que se desarrolló en Atlanta, USA, en diciembre de 2023  y cuyo principal objetivo fue sensibilizar sobre la importancia de mejorar la transparencia del financiamiento político en el sistema de la Convención de las Naciones Unidas, contra la Corrupción (UNCAC), como medio para prevenir la corrupción política y fomentar la confianza pública en el gobierno democrático y posteriormente, el subdirector González  asistió presencialmente  a la “Consulta regional sobre transparencia e igualdad de género en el financiamiento político”, convocada por Transparencia Internacional en Bogotá, Colombia, en marzo de 2024. En ambas ocasiones se destacó la legislación imperante y las medidas impulsadas desde Servel para el control de gastos electorales.

La publicación hace referencia a: 

Legislación 

·      “El artículo 33 de la Ley Orgánica Constitucional de Chile sobre Partidos Políticos (Ley No. 18.603, modificada por la Ley No. 20.915 en 2016) que prohíbe las contribuciones de cualquier tipo de personas jurídicas a los partidos políticos. 

 

·       “En Chile, una enmienda constitucional de 2015 (Ley 20860) introdujo el artículo 94-bis para otorgar al Servicio Electoral (Servel) autonomía constitucional y financiera. En virtud de esta enmienda, Servel tiene el mandato de supervisar el cumplimiento de las leyes de transparencia, los límites y el control del financiamiento electoral, las leyes sobre partidos políticos y otras funciones prescritas por una ley orgánica. Los cinco miembros del Consejo Directivo de Servel son designados por dos tercios de los votos del Senado para mandatos de diez años y solo pueden ser destituidos por la Corte Suprema en circunstancias agravantes”.  

 

·       “La Ley de Transparencia, Límites y Control de Gastos Electorales de Chile (n.º 19.884, 2003) prohíbe el uso de fondos públicos, bienes públicos o propiedades fiscales con fines políticos (art. 25) y encomienda a la Entidad Superior de Auditoría (CGR) la supervisión de su cumplimiento (art. 28). El mandato completo de la CGR se describe en la Ley n.º 10336”. 

 

Aplicación y cumplimiento 

·        “En Chile, el Servicio Electoral, que supervisa el financiamiento político, ha suscrito memorandos de entendimiento con la Administración Tributaria, la Contraloría General de la República y el Poder Judicial. Servel también coordina con la Unidad de Análisis Financiero y la Comisión del Mercado Financiero.” 

 

Revisiones anticorrupción 

·        “En Chile, el uso de facturas falsas para canalizar fondos a campañas políticas, desencadenó reformas a gran escala. Las posteriores revisiones anticorrupción realizadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la OEA resaltan la necesidad de fortalecer la protección de los denunciantes y los mecanismos de denuncia.”