Finaliza el plazo para efectuar propaganda electoral para Elecciones Primarias

A las 23:59 hrs de este jueves 26 de junio, termina el plazo para efectuar propaganda electoral con ocasión de las Elecciones Primarias Presidenciales 2025.
La finalidad es que la ciudadanía reflexione y procese la información recibida durante las campañas electorales, además de prevenir la difusión de propaganda electoral o la realización de actos de campaña contrarios a la legislación electoral.
En virtud de lo anterior, y luego de las 23:59 hrs. de hoy, se encuentra prohibida la celebración de manifestaciones o reuniones públicas, la publicidad radial, escrita, en imágenes, en soportes audiovisuales, por redes sociales, cuando exista una contratación y un respectivo pago, o en otros medios análogos, que promueva a una o más personas o partidos políticos constituidos o en formación, con fines electorales.
La realización de propaganda fuera del plazo establecido podrá ser sancionada con multa de veinte a doscientas unidades tributarias mensuales.
Será responsabilidad de las candidaturas hacer retiro o cese de emisión de la propaganda electoral instalada o contratada. Sin embargo, los alcaldes, de oficio, a solicitud de cualquier ciudadano o a requerimiento del Servel, deberán ordenar el retiro de toda la propaganda electoral que se realice fuera del plazo legal, y estarán obligados a repetir en contra de los candidatos por el monto de los costos en que hubieren incurrido.
¿Cómo efectuar denuncias por eventuales infracciones a la normativa electoral, una vez cumplido el plazo?
Para asegurar el fiel cumplimiento de la legislación electoral, cualquier persona podrá denunciar las eventuales infracciones a la normativa electoral, mediante el portal de denuncias ciudadanas, al que podrá acceder acá; señalando entre otros datos, la descripción de los hechos concretos que se estiman constitutivos de infracción, la fecha de su comisión, y en caso de estar en conocimiento, la identificación del presunto infractor.
El conocimiento de las infracciones y en general la fiscalización de la publicidad y propaganda electoral corresponde al Servicio Electoral, siendo la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral la que determinará las acciones de inspección que sean procedentes a fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones.
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